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Jueves, 14 de noviembre de 2024

Medio Ambiente

La declaración responsable permite a los emprendedores iniciar su actividad sin licencia municipal

El INAGA cumple así con uno de sus objetivos propuestos: agilizar los trámites a la hora de iniciar un negocio.

En Aragón, desde el pasado 20 de marzo, fecha de publicación de la Ley de medidas fiscales y administrativas, los emprendedores podrán iniciar su actividad sujeta a licencia ambiental de actividad clasificada, presentando en su Ayuntamiento una declaración responsable, que debe ir avalada por un informe redactado por un profesional técnico competente.

La presentación de la declaración responsable es una gran novedad que agiliza el inicio de nuevas actividades para generar empleo, aunque siga existiendo la obligación de obtener la licencia, que se debe solicitar al Ayuntamiento antes de tres meses, con toda la documentación necesaria, desde que se haya presentado la citada declaración responsable.

Hay algunas excepciones que no podrán acogerse a este nuevo sistema de declaración, como las actividades de gestión de residuos o las que están sujetas a otras autorizaciones medioambientales de especial importancia.

La tramitación de la licencia ambiental de actividad clasificada es municipal, pero interviene el INAGA a través de las Comisiones Técnicas de Calificación de Zaragoza, Huesca y Teruel, calificando dichas actividades como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, y estableciendo las condiciones ambientales que deberán cumplir.

Por ello, el INAGA, como organismo responsable del Gobierno de Aragón en la materia, ha publicado hoy una circular en su página web (en la direcciónwww.aragon.es/inaga) para prestar apoyo a los Ayuntamientos a la hora de aplicar la nueva normativa y dar respuesta a las numerosas consultas que se han planteado.

Además, la Directora del INAGA, Nuria Gayán, ha remitido una carta informativa por correo electrónico a todos los Ayuntamientos de Aragón, explicando dicha circular, que persigue fijar unos criterios de interpretación y cumplimiento de esta nueva Ley, y orientar a los Ayuntamientos en su aplicación homogénea en toda la Comunidad Autónoma.

Una novedad especialmente importante por la agilidad que se adquiere en el inicio de negocios como talleres, comercios, etc., que hasta ahora sufrían un plazo de tramitación de su licencia municipal de actividad clasificada, en muchos casos superior a un año, contando con los trámites municipales y autonómicos urbanísticos, ambientales, y los trámites propios del sector de la actividad.