Medio Ambiente
El Gobierno de Aragón colabora con Lacuniacha en la conservación de la fauna amenazada
El Consejo de Gobierno ha aprobado un convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Parque Faunístico de los Pirineos Lacuniacha para la conservación de la fauna amenazada. En este convenio no existen contraprestaciones de naturaleza económica.
El objetivo del convenio es establecer el marco de colaboración e instrumentar esta misma entre el Gobierno de Aragón y el Parque Faunístico Lacuniacha, con la finalidad de impulsar el diseño, la elaboración, el desarrollo y la ejecución de programas de educación y de programas divulgativos para el público en general, así como de programas de investigación aplicados especialmente a la conservación ex situ de especies de fauna amenazada.
El Parque Faunístico de los Pirineos Lacuniacha viene desarrollado proyectos educativos y divulgativos y cuenta con una amplia relación de actividades didácticas enfocadas a todas las edades. Además, Lacuniacha, no solo actúa como parque zoológico, sino que se instituye como una fuente de conocimientos científicos a disposición de universidades e instituciones dedicadas a la investigación, así como de organizaciones comprometidas con la conservación de la naturaleza en general y la fauna silvestre en particular. Por ello, las instalaciones del parque permiten disponer de biotopos totalmente aislados y controlados, lo que facilita trabajar en proyectos científicos, estudiando el comportamiento de las especies y ecosistemas naturales.
La Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos indica que los parques zoológicos desempeñan un importante papel en la educación pública, la investigación científica y la conservación de las especies.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece, en su artículo 59, la necesidad de desarrollar, para las especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, programas de cría o propagación fuera de su hábitat natural, como complemento a las acciones de conservación in situ recogidas en la norma.