Medio Ambiente
El Gobierno de Aragón crea un equipo técnico multidisciplinar para la defensa de los derechos de los aragoneses en relación con el agua y la preservación del principio de unidad de cuenca
El Consejo de Gobierno ha aprobado un acuerdo por el que se declara la necesidad de creación de un equipo técnico multidisciplinar para el asesoramiento en relación con las actuaciones derivadas de los mandatos estatutarios contenidos en los artículos 19.3 y 72.3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, para la defensa de los derechos de los aragoneses en relación con el agua y la preservación del principio de unidad de cuenca.
Una vez iniciadas acciones en el ámbito jurisdiccional y político, se considera imprescindible la creación de un grupo de asesoramiento técnico de carácter multidisciplinar que permita fundamentar las actuaciones en defensa de los mandatos estatutarios y en particular, informar sobre la repercusión de las actuaciones contenidas en el Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña 2016-2021.
Este grupo deberá informar en especial de las autorizaciones o ejecuciones de infraestructuras hidráulicas que pudieran derivar en transferencias de aguas a otras cuencas hidrográficas y su afección a los derechos de los aragoneses en relación con el agua, y en concreto los proyectos de obras que pretendieran fundarse en la Orden del Ministerio de Medio Ambiente, de 27 de octubre de 2010, que autorizó provisionalmente una transferencia de 0,62 Hm3/año, así como sobre la legalidad de todas aquellas actuaciones derivadas de la misma.
De esta forma, el equipo multidisciplinar tendrá por objeto el seguimiento de las actuaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de la Confederación Hidrográfica del Ebro, y de la Generalitat de Cataluña y Agencia Catalana del Agua, que pudieran facilitar, directa o indirectamente, transferencias de aguas presente o futuras de la cuenca del Ebro a las cuencas internas de Cataluña. Deberá analizar en especial las asignaciones de derechos, concesiones y de usos de aguas del canal Segarra-Garrigues, así como las autorizaciones o ejecuciones de infraestructuras hidráulicas que pudieran derivar en transferencias de aguas a otras cuencas hidrográficas.
Asimismo, el acuerdo insta al Departamento de Presidencia, al Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad y a entidades de derecho público adscritas al mismo, a realizar las actuaciones necesarias para coordinar estas acciones y crear el citado grupo de trabajo multidisciplinar, que deberá incluir especialistas en el ámbito jurídico-administrativo, en el de la ingeniería de infraestructuras hidráulicas de transporte, de riego y de abastecimiento, así como en materia de evaluación y medio ambiente.
El artículo 19. 3 del Estatuto de Autonomía de Aragón hace referencia a la obligación de los poderes públicos aragoneses de “...velar especialmente para evitar transferencias de aguas de las cuencas hidrográficas de las que forma parte la Comunidad Autónoma que afecten a intereses de sostenibilidad, atendiendo a los derechos de las generaciones presentes y futuras”.
En estos momentos y como consecuencia de recientes acontecimientos, acuerdos y convenios, que pueden afectar a la derivación de caudales de la cuenca del Ebro hacia otras cuencas, ha sido necesario adoptar medidas de defensa jurídica de la legalidad que permitan garantizar el cumplimiento de tal mandato estatutario, y de la legislación vigente en materia de aguas en orden a garantizar los derechos de la cuenca del río Ebro y de Aragón sobre sus recursos hídricos, en aplicación del principio de unidad de cuenca.
Especialmente grave resulta el informe favorable emitido por el Consejo Nacional del Agua, en su XXXI sesión plenaria del pasado 16 de marzo de 2017 al Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña, periodo 2016-2021, con la oposición del Gobierno de Aragón puesta de manifiesto por el voto en contra del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y justificado mediante la presentación del correspondiente voto particular.
Por otra parte, la Generalitat de Cataluña ha anunciado la ejecución de obras de conexión del canal Segarra-Garrigues para el proyecto constructivo de abastecimiento en alta con captación desde dicho canal para abastecer con aportaciones del río Segre (Presa de Rialb y sistema general de usuarios de Rialb), municipios de las comarcas de Segara, I’Urgel, la Conca de Barberá y I’Anoia, situados en el ámbito geográfico de las cuencas internas catalanas. En este último punto, es importante manifestar la rotunda oposición del Gobierno de Aragón a cualquier proyecto de obra hidráulica de conducción de aguas del canal Segarra-Garrigues sobre la base de anteriores autorizaciones de transferencia de caudales de carácter temporal y transitorio, ya caducadas, por entenderse que se realizaría en precario y sin los adecuados mecanismos de control para supervisar y garantizar las condiciones en que se efectúa la transferencia de caudales.