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Sábado, 2 de noviembre de 2024

Medio Ambiente

El Gobierno de Aragón recuerda que los perceptores del IAI están exentos de pagar el impuesto sobre la contaminación de las aguas

La solicitud para la exención del pago del impuesto se puede cursar directamente ante el Instituto Aragonés del Agua o en la entidad suministradora de agua

El Gobierno de Aragón recuerda que las viviendas en las que residan perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción (IAI) están exentas de pagar el Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas (el anteriormente llamado “canon de saneamiento”).

Así lo contempla la Ley 10/2014, de Aguas y Ríos de Aragón, que señala expresamente como exento del pago del impuesto “los usos domésticos de agua cuando se trate de viviendas en las que residan perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción o ciudadanos cuyas condiciones socioeconómicas merezcan especial atención, y siempre bajo informe previo de los servicios sociales de su comarca o municipio”.

La solicitud para la exención del pago del impuesto se puede cursar directamente ante el Instituto Aragonés del Agua o en la entidad suministradora de agua correspondiente. El reconocimiento se resuelve por el propio instituto, y si es favorable surte efectos desde la fecha de presentación de la solicitud. La exención tendrá vigencia mientras se mantenga el derecho a la percepción de la prestación.

La exención del pago para los perceptores del IAI se incluyó por primera vez en la Ley 2/2014, de 23 de enero, de medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, que modificó la entonces vigente Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón. Esta ley fue derogada con la entrada en vigor de la actual Ley 10/2014 de Aguas y Ríos de Aragón, que mantiene las exenciones por criterios sociales.

El Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas (ICA) es un impuesto autonómico de finalidad ecológica, que grava la contaminación del agua en su uso doméstico o industrial. La obligación de crear este impuesto lo fijó la Administración General del Estado en el Plan Nacional de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de 1995, que condicionaba la financiación estatal a que las comunidades autónomas aplicasen un canon para hacer frente a los objetivos marcados por la directiva europea sobre tratamiento de las aguas residuales. En Aragón, fue creado en 1997 con el nombre de Canon de Saneamiento. Desde 2014 tiene el actual nombre de Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas.