Agricultura
Más de 5.000 equipos ya han pasado la inspección de maquinaria agrícola fitosanitaria en Aragón
La comunidad aragonesa es una de las que mayor número de inspecciones ha realizado en España con un 30,8 por ciento de los equipos revisados
Antes del mes de noviembre todos los equipos registrados habrán tenido que pasar la ITEAF (Inspección obligatoria de equipos de aplicación de productos fitosanitarios). El objetivo de la inspección es garantizar el uso sostenible de los productos fitosanitarios para reducir los riesgos y los efectos de los plaguicidas en la salud humana y en el medio ambiente, cumpliendo con la Directiva 128/2009.
En Aragón, hay inscritos en el Registro Oficial de la Maquinaria Agrícola (ROMA) 16.480 equipos de aplicación, de los cuales 5.094 han pasado la inspección. En la primera inspección el número de equipos que pasa favorablemente es del 66 por ciento, y en segunda inspección son favorables el 99 por ciento de los equipos. En la comunidad aragonesa, un 30,8 por ciento de los equipos ya han cumplido con la obligación inspectora, siendo Aragón una de las regiones que más equipos ha inspeccionado junto La Rioja, Navarra y Cataluña.
Todos los equipos de aplicación en uso han tenido que ser inspeccionados al menos una vez antes de 26 de Noviembre de 2016. Transcurrida esta fecha, solamente podrán utilizarse para fines profesionales los equipos de aplicación de plaguicidas que hayan pasado favorablemente la inspección.
Hasta 2020 estas inspecciones se realizaran cada 5 años excepto en los equipos de mayor uso (empresas de tratamientos, cooperativas, comunidades de bienes de más de 10 socios, ATRIAS) que deben realizar una inspección cada 3 años. A partir de 2020 las inspecciones se realizaran cada 3 años en todos los equipos. Los equipos nuevos, adquiridos después de la entrada en vigor del Real Decreto 1702/2011 se inspeccionaran al menos una vez en los 5 primeros años.
Qué equipos deben de pasar esta inspección
Los equipos móviles de aplicación de productos fitosanitarios (PF), inscritos en el Registro Oficial de la Maquinaria Agrícola (ROMA) y usados en la producción primaria agrícola y forestal, como pueden ser pulverizadores hidráulicos (de barras o pistolas de pulverización), pulverizadores hidroneumático, pulverizadores neumáticos, pulverizadores centrífugos y espolvoreadores. Así como equipos montados a bordo de aeronaves y equipos instalados en el interior de invernaderos u otros locales cerrados.
En Aragón, el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, a través del Centro de Sanidad y Certificación Vegetal, es el órgano competente en la puesta en marcha de las inspecciones de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios
En la actualidad existen 12 empresas autorizadas para la realización de estas inspecciones. Todas las empresas cuentan con unidades móviles para desplazarse por todo el territorio de la Comunidad, y procuraran dar servicio en todos los municipios donde existan quipos a inspeccionar. Para ello deben actuar según un plan de inspecciones validado por la autoridad competente siendo sometidos a controles por la misma.
El proceso de inspección se realiza según el manual de inspección de equipos de aplicación que ha publicado el Ministerio, y en cada uno de los equipos se revisarán:
- Elementos de transmisión de la potencia (protección toma fuerza, ventilador, bomba)
- Bomba
- Agitación
-Tanque de líquido para pulverización (dispositivo de llenado, vaciado, indicador de nivel)
- Sistemas de medida, regulación y control (ajustes de presión, manómetros)
- Tubos y mangueras (que no presenten fugas)
- Filtrado (deben estar en condiciones y la malla corresponderá al calibre de las boquillas instaladas en el pulverizador)
- Barra de pulverización (en buen estado, estable)
- Boquillas (deben funcionar adecuadamente para evitar el goteo)
- Distribución (debe ser uniforme)
Normativa que regula las inspecciones
El Real Decreto 1702/2011 de inspecciones de los equipos de aplicación, especifica que todos los equipos de aplicación han tenido que realizar una inspección antes del 26 de noviembre de 2016. Tras la publicación del Real Decreto el Gobierno de Aragón publicó la Orden de 15 de noviembre de 2013 que regula las condiciones en las que deben prestarse las inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de los productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Esta orden regula entre otros aspectos:
- El régimen de autorización de las ITEAF
- La elaboración del censo de equipos que deber ser objeto de inspección (se nutre del ROMA)
- La definición de los requisitos mínimos exigibles a las ITEAF y al personal para el correcto desempeño de sus funciones.
- La determinación de las Unidades de Formación de la Inspección acreditadas
Asimismo, el objetivo de la inspección es cumplir con la Directiva 128/2009 que pretende que el tratamiento fitosanitario se realice de manera segura para el operador, sirva para controlar adecuadamente la plaga, influyendo lo menos posible en la fauna útil y en el resto del ecosistema, se minimice la cantidad de residuos que puedan afectar a la salud humana y además, el tratamiento sea económicamente rentable.