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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Medio Ambiente

La sostenibilidad del sector ganadero, objetivo principal del decreto de Purines

La puesta en marcha de los centros de gestión garantizará la recogida, tratamiento y aplicación de los estiércoles como fertilizante

Asimismo, el decreto introduce un régimen sancionador en el ámbito administrativo

Las explotaciones ganaderas y en concreto el sector porcino representan un sector clave para el desarrollo del medio rural y la economía aragonesa. Con la intención de garantizar la sostenibilidad del sector, el Gobierno de Aragón ha elaborado un decreto basado en el aprovechamiento del estiércol como fertilizante. Lo que supone un impulso a la economía circular en el sector agrario aragonés al objeto de prevenir los riesgos e impactos ambientales de la actividad ganadera y que exige de la más amplia cooperación de los diferentes agentes económicos, sociales y políticos.

El decreto establece la necesidad de la puesta en funcionamiento de centros gestores de purines, que garanticen un sistema de gestión de todo el ciclo del purín que va desde la recogida en las explotaciones ganaderas, transporte, tratamiento y almacenamiento, hasta su aplicación como fertilizante en las parcelas agrícolas a las que se destine.

El centro gestor podrá ser una entidad pública o privada autorizada y registrada por la Administración para realizar bajo su responsabilidad cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los estiércoles. No podrá ser centro gestor el titular de una explotación ganadera. Entre las obligaciones de los centros gestores están:

-Analizar el valor fertilizante del estiércol en el centro de gestión de estiércoles, incluyendo como mínimo su contenido en nitrógeno, fósforo y potasio.

-Acreditar documentalmente las unidades fertilizantes (nitrógeno, fósforo y potasio) aplicadas a cada recinto, ante los titulares de las explotaciones agrícolas a la que se destinen.

-Entregar a gestores de residuos autorizados los estiércoles cuya gestión final no hayan podido realizar en el plazo máximo de un año desde su aceptación.

-Acreditar la correcta aceptación y gestión final de los estiércoles, conforme a lo dispuesto en el decreto.

-Prevenir y reducir al mínimo los riesgos para la salud pública y la salud animal, en cumplimiento de lo dispuesto en materia de seguridad de la cadena alimentaria humana y animal y en materia de bioseguridad.

Asimismo, las competencias de control ambiental de los centros de gestión de estiércoles, versarán tanto sobre prevención y corrección de la contaminación de las aguas causada por nitratos de origen agrario, como sobre emisiones a la atmósfera.

Además, el decreto regula el modelo de autogestión de los ganaderos que apliquen por si mismos el estiércol como fertilizante. Este sistema estará basado en las declaraciones anuales del ganadero, en las que se identifican las cantidades de estiércol aplicadas a cada parcela en cada campaña agrícola, adaptándose a las necesidades de la explotación agrícola y a la demanda de los distintos cultivos.

En el caso de que el ganadero opte por la entrega de todos los estiércoles a los centros de gestión, el sistema de declaraciones anuales se limita a precisar las cantidades de estiércol entregadas a los centros de gestión y a identificar los centros que los han aceptado. El sistema de declaraciones anuales también se adapta al supuesto de que el ganadero opte por una combinación entre la autogestión de una parte del estiércol y la entrega del resto a los centros de gestión.

El decreto recoge, además, la necesidad de ajustar y controlar las dosis de aplicación de los purines a los suelos. Lo que exige tener una previsión de disponibilidad de superficie e identificación de las parcelas agrícolas a utilizar, con el nivel de detalle correspondiente a los recintos establecidos en el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas aplicado en la gestión de la Política Agrícola Común (SIGPAC). A partir de aquí, se crea una base de datos georreferenciada asociando explotaciones ganaderas y recintos SIGPAC.

Se asocia a cada recinto SIGPAC una cantidad de nitrógeno máxima que puede soportar en kg/año. Estas dosis máximas se han establecido inicialmente en 210 kgN/Ha/año como criterio general, salvo en las zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos y en los espacios de la Red Natura 2000 donde se ha establecido en 170 kgN/Ha/año, o bien por otras excepciones de aplicación (PORN, Planes de actuación, etc.).

A cada explotación ganadera se asocian todos los recintos SIGPAC aptos para la aplicación de purines que se encuentran incluidos, total o parcialmente, en un radio de 5 km de la explotación considerada.

El decreto introduce un régimen sancionador en el ámbito administrativo, hasta ahora se actuaba en el ámbito penal cuando se detectaba una infracción in fraganti. A partir de ahora, la Administración aplicará el régimen sancionador de residuos cuando se detecte un uso del purín que no sea el de fertilizante, puesto que éste se consideraría un residuo.

Al margen del decreto, cabe recordar que el Gobierno de Aragón ha declarado zonas con sobrecarga ganadera por exceso de nitrógeno procedente de la actividad ganadera -Albalatillo, Alfántega, Altorricón, Castillonroy, Mirambel, Monroyo, Peñarroya de Tastavins, Sena, Vencillón, Mainar y Villarreal de Huerva- donde no se podrán ampliar o construir nuevas granjas, salvo que se acrediten soluciones alternativas a las habituales para la gestión de los purines.

También, se han ampliado las consideradas como zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias, donde la Administración va a ejercer un mayor control en el cumplimiento de la condicionalidad de la PAC, es decir, se elevan las exigencias para garantizar que las prácticas agrarias sean respetuosas con el medio ambiente.

Además, por vez primera se ha regulado, a través de una orden, la prohibición de instalar granjas intensivas en un kilómetro a la redonda de los Espacios Naturales Protegidos y de medio kilómetro de su zona periférica de protección, en caso de existir.

Un sector que supone el 3,5% del PIB de Aragón

El sector del porcino aporta el 3,5% del PIB aragonés y supone dos terceras partes del valor añadido bruto en la agroalimentación. Se comercializan al año 1.353.000 de toneladas de carne de porcino, lo que se traduce en 1.624 millones de euros. Cifras que lo han convertido, con diferencia, en el sector más rentable del mundo agrario. Aragón es la segunda comunidad autónoma en producción de porcino en España y una potencia de primer orden en el mercado internacional. Este sector genera 11.200 puestos de trabajo directos en el medio rural, que se verán incrementados con los nuevos proyectos agroalimentarios a instalarse en Aragón.

Asimismo, la creación del primer cluster del porcino a nivel nacional tiene por objeto el impulso del sector dando respuesta a los principales retos como son la sostenibilidad ambiental, apuesta por la innovación, problemas sanitarios, bioseguridad, bienestar animal y necesidades nutricionales.