Universidad
El Gobierno de Aragón y las Universidades de Zaragoza, San Jorge y UNED defienden la calidad del sistema universitario aragonés y su compromiso social
El Gobierno de Aragón, la Universidad de Zaragoza y la Universidad San Jorge han salido hoy en defensa del sistema universitario aragonés, tras conocerse que la empresa Societá delle Scienze Umane pretende impulsar un centro de la universidad privada Niccoló Cusano en la ciudad de Calatayud para impartir grados y másteres a partir del próximo curso.
Las tres instituciones han puesto en valor que el sistema universitario aragonés garantiza la calidad y la rigurosidad de todos sus centros y titulaciones y está firmemente comprometido con el progreso social, la generación de conocimiento y la formación de profesionales para el futuro.
En este sentido, el Gobierno de Aragón ha recordado que la normativa vigente, tanto estatal como autonómica, es muy estricta y exigente ante la creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios. Y ha destacado que la puesta en marcha de un nuevo centro es un procedimiento serio y complejo que exige compromiso con el territorio y el cumplimiento de unos estándares altos de calidad en docencia e investigación. Esta normativa se ha reforzado, de hecho, para asegurar una calidad adecuada de todo el sistema universitario español.
La creación de esta universidad, que ya intentó el año pasado implantarse en Málaga sin éxito, requeriría en todo caso la aprobación por Ley en las Cortes de Aragón, previo informe preceptivo favorable de la Conferencia General de Política Universitaria, ante la propuesta de los técnicos de calidad del Ministerio de Universidades.
De esta forma, según el Real Decreto 640/2021, de realizarse una solicitud de reconocimiento de universidad privada, ésta deberá ser tramitada por la Dirección General de Universidades del Gobierno de Aragón y elevarse a la Conferencia General de Política Universitaria, el órgano en el que están presentes el Estado y todas las Comunidades autónomas.
Dicho informe debe garantizar que se dan las condiciones y requisitos necesarios en distintos ámbitos, debe abarcar como mínimo tres de las cinco grandes ramas del conocimiento (artes y humanidades, ciencias, ciencias de la salud, ciencias sociales y jurídicas e Ingeniería y arquitectura), contar con un mínimo de diez títulos oficiales de grado, seis de máster y dos programas de doctorado así como otros relativos a ratios de profesorado, doctores y personal investigador, que aseguren la calidad en la docencia y en la investigación, así como su viabilidad y sostenibilidad económica.
En el caso de solicitar la creación de un centro que imparta enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios extranjeros, el Real Decreto 640/2021 establece que la solicitud se deberá tramitar por la DGU y en un plazo de un mes comunicar al Ministerio de Universidades y a la Conferencia General de Política Universitaria, y deberá contar con un informe favorable de la agencia de evaluación del país de origen.
Asimismo, en dicha solicitud deberá presentar un plan de desarrollo de la oferta docente y las principales características del profesorado responsable de su impartición. En particular, será necesario que haya un profesor por cada 25 o 50 alumnos (según el nivel de experimentalidad de las titulaciones), el 50% de ellos deberán ser doctores y doctoras para cada titulación de grado y máster y un 100% en el caso de las enseñanzas de doctorado.
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También será imprescindible acreditar que esas enseñanzas están efectivamente implantadas en la universidad extranjera que expida el título y que dichas enseñanzas conducen a títulos de idéntica validez en el país de origen, entre otros requisitos.
Hay que señalar además que la Consejería de Ciencia y Universidad no dispone de documentación oficial sobre el proyecto y que no se ha registrado ninguna solicitud al respecto ante la Dirección General de Universidades.
Un ejemplo de la seguridad normativa que ha desarrollado también el Gobierno de Aragón para su sistema universitario sería que el uso de la denominación “universidad”, sin haber sido reconocida por Ley como tal, está tipificado en el artículo 101 de la Ley de Ordenación del Sistema Universitario Aragonés como una infracción muy grave y podría suponer una multa de hasta 500.000 euros.