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El Consejo de Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Renta Social Básica
La norma, que será remitida a las Cortes para su tramitación parlamentaria, pretende dar respuesta a las nuevas desigualdades y perfiles de pobreza surgidos por la crisis
La RSB tendrá dos modalidades: complementaria de los ingresos por trabajo y de inclusión y protección social
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Renta Social Básica (RSB), una norma que pretende dar respuesta a las nuevas desigualdades y perfiles de pobreza surgidos con la crisis económica en Aragón y que quedaban desamparados con el sistema actual de ayudas. El texto, que cumple con el mandato del artículo 23.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón y del artículo 37.2 de la Ley de Servicios Sociales, será remitido inmediatamente a las Cortes de Aragón para iniciar su tramitación parlamentaria.
Las transformaciones económicas y sociales vividas en los últimos años en la comunidad han afectado a muchas familias que nunca antes habían precisado recurrir a los sistemas de protección social. El Gobierno de Aragón estableció como una de sus prioridades dar respuesta a estos aragoneses y para ello ha elaborado este proyecto de ley que pretende garantizar el acceso a un nuevo derecho básico, subjetivo y de ciudadanía.
El objetivo es garantizar una cuantía económica a aquellas personas con carencia de patrimonio e ingresos suficientes para poder cubrir sus necesidades. Asimismo, este proyecto de ley garantiza la puesta en marcha de unos servicios técnicos y profesionales que hagan posible el derecho a la inclusión social mediante el acompañamiento y el apoyo a la integración de las personas que así lo precisen y lo demanden.
Este proyecto de ley establece dos modalidades de Renta Social Básica: la complementaria y la de inclusión y protección social, en función de la procedencia de los ingresos de la unidad de convivencia.
La primera de estas modalidades será una prestación económica destinada a complementar el nivel de ingresos procedentes del trabajo de las unidades de convivencia siempre que estos no alcancen el importe que se determine para esta renta y resulten insuficientes para hacer frente a las necesidades básicas. La prestación se definirá en relación al Salario Mínimo Interprofesional (655 euros), entre un 80 y un 115% del mismo, dependiendo de los ingresos de la unidad de convivencia y de los miembros que la componen.
La renta de inclusión y protección social será una prestación económica dirigida a las unidades de convivencia en situación de riesgo y exclusión social que no dispongan de ingresos procedentes de rentas de trabajo y no puedan hacer frente a sus necesidades básicas.
Esta modalidad, a su vez, se divide en dos tipos de ayudas. La primera de ellas es un ingreso mínimo no vinculado a un acuerdo voluntario de inclusión social que se calculará en relación al IPREM mensual (532,5 euros), entre el 35 y el 60% del mismo.
Por otra parte, habrá un ingreso máximo vinculado al seguimiento de un acuerdo voluntario de inclusión social, que se definirá en relación al SMI, entre un 70 y el 105%. En estos procesos de inclusión tendrán un papel muy importante las entidades sociales que, a través de contratos, incluirán en sus itinerarios ya consolidados a aquellos beneficiarios de la RSB que opten por los procesos de inclusión.
El objetivo final de los perfiles de prestación progresivos es ‘premiar’ el esfuerzo de integración que hagan los beneficiarios: a más esfuerzo, mayor cuantía de ayuda y no desincentivar la incorporación al mercado de trabajo.
La Renta Social Básica sustituirá al Ingreso Aragonés de Inserción (que atiende en estos momentos en torno a 6.600 familias) y a las Ayudas de Integración Familiar. Según los cálculos iniciales, la RSB podría llegar a atender a unos 15.000 hogares.