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El Consejo de Gobierno toma en consideración la Ley de Renta Social Básica
La norma considera la renta social básica como un derecho subjetivo y pretende dar respuesta a los nuevos perfiles de pobreza de la sociedad
Establece dos modelos: renta complementaria de ingresos por trabajo y renta de inclusión y protección social
El Consejo de Gobierno ha tomado en consideración el Anteproyecto de Ley de Renta Social Básica, una norma que pretende dar respuesta a las nuevas desigualdades y perfiles de pobreza surgidos de la crisis económica. Se trata del paso previo a la aprobación de la norma por parte del Ejecutivo y a su posterior remisión a las Cortes de Aragón para su debate y posterior aprobación. Este anteproyecto de Ley surge del proceso de participación que abrió el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales con asociaciones, colectivos y trabajadores del sector de los servicios sociales. La renta social básica sustituirá al Ingreso Aragonés de Inserción y a la Ayuda de Integración Familiar y será considerada como un derecho subjetivo vinculado a la carencia de rentas suficientes. Esta prestación garantizará una cuantía económica mínima con la que las personas con carencia de patrimonio e ingresos suficientes puedan cubrir sus necesidades, así como la puesta en marcha de servicios técnicos y profesionales que hagan posible el derecho a la inclusión social mediante el acompañamiento y la integración de las personas que así lo precisen. La norma establece dos modalidades de renta social básica en función de la procedencia de los ingresos de la unidad de convivencia. La renta complementaria está dirigida a complementar el nivel de ingresos de las unidades de convivencia que, aun disponiendo de ingresos procedentes del trabajo, cuentan con un nivel mensual de recursos que no alcanza el importe que se determina para esta renta y que resultan insuficientes para hacer frente tanto a los gastos asociados a las necesidades básicas de supervivencia como a los gastos derivados de un proceso de inclusión social y mejora la situación laboral. La otra modalidad es la renta de inclusión y protección social. Se trata de una prestación económica para unidades familiares en riesgo de exclusión social que no dispongan de ingresos procedentes de rentas de trabajo y cuyo nivel mensual de ingresos resulte insuficiente para hacer frente a los gastos de necesidades básicas. Dentro de esta modalidad hay dos tipos de ingresos: un ingreso mínimo no vinculado a un acuerdo voluntario de inclusión social y un ingreso máximo vinculado a un acuerdo voluntario de inclusión social. Una de las principales novedades que ofrece esta nueva ley es que el diseño de la prestación económica resulta progresivo, es decir, a más esfuerzo de integración del solicitante, mayor cuantía del ingreso. Está previsto que el anteproyecto de Ley sea aprobado en Consejo de Gobierno una vez sea revisado por el Consejo Aragonés de Servicios Sociales, que ha sido convocado para el 2 de febrero.