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El Gobierno de Aragón crea una regulación uniforme para toda la Comunidad de las tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida
El decreto que ha sido aprobado en Consejo de Gobierno aclara los derechos y obligaciones de los titulares, tramitación y condiciones de uso
Una de las novedades es la ampliación del derecho a usar las tarjetas a los menores de 3 años con discapacidad que necesiten aparataje para su movilidad
El Consejo de Gobierno ha aprobado en su sesión de hoy un decreto por el que se regulan las tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, una norma que unifica las regulaciones existentes en las tres provincias.
El decreto ha sido coordinado por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales en colaboración con los ayuntamientos de las localidades más grandes de la Comunidad y las entidades del sector de la discapacidad.
El objetivo de esta norma es aclarar los derechos y las obligaciones de los titulares de las tarjetas, su tramitación, las condiciones de uso, el procedimiento de concesión y la renovación de las tarjetas.
El decreto supone una importante iniciativa para evitar que se falsifiquen las tarjetas, ya que acomoda su expedición a las nuevas tecnologías y mejora la normativa en la que se basaba este sistema y que data de los años 90 del siglo pasado, actualizándose de acuerdo a la normativa estatal de 2014.
Una de las novedades más importantes de este decreto es la ampliación del derecho a usar las tarjetas a niños menores de 3 años con discapacidad y que necesiten utilizar aparataje para su movilidad o desenvolvimiento.
Además del aspecto más conocido, que es el de las tarjetas para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida, también se tiene en cuenta a las personas que presentes importantes limitaciones visuales. Asimismo, también se expedirán tarjetas para vehículos de transporte colectivo de personas con movilidad reducida.
Por otra parte, el decreto mejora la coordinación con el Sistema Aragonés de Salud para la expedición de tarjetas provisionales por razones humanitarias para personas con patologías de extrema gravedad. También contempla una mejor coordinación con las policías locales y un régimen sancionador que incluye el uso fraudulento cuando la persona titular ha fallecido.
Falsificaciones
Con este decreto desaparecerá una práctica muy habitual que la de disponer una copia plastificada de la tarjeta original. Con la nueva normativa, solo podrán utilizarse las tarjetas originales concedidas por los ayuntamientos, aunque la norma contempla que la competencia para la concesión de este documento puede encomendarse, en su caso, a la comarca a la que pertenezca el municipio, de acuerdo con la normativa de régimen local.
De esta forma, la tarjeta beneficiará exclusivamente a la persona conductora que necesite de los espacios reservados en sus desplazamientos, o al supuesto en que la persona beneficiaria sea transportada en el vehículo.
Son los ayuntamientos los que facilitan a los beneficiarios los documentos que deben cumplimentar para solicitar la tarjera. Son las entidades locales, y no los posibles beneficiarios, los que deben realizar la tramitación para su concesión, que necesitará, en la mayoría de los casos de un informe técnico elaborado por los equipos de valoración y orientación ubicados en los Centros de Atención a la Discapacidad del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
Se calcula que cada año, los ayuntamientos aragoneses conceden unas 1.700 tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.
Este decreto está estrechamente vinculado al Proyecto de Ley de los Derechos y Atención a las Personas con Discapacidad (actualmente en las Cortes de Aragón). Esta norma incluye un apartado sobre accesibilidad universal, abordando también el uso de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.