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Viernes, 22 de noviembre de 2024

ServiciosSociales

El Ingreso Aragonés de Inserción llegará a quién más lo necesita

Esta prestación se reforma para dar respuesta a las necesidades actuales de la sociedad

El Consejo de Gobierno ha aprobado tramitar la propuesta de modificación de la ley del Ingreso Aragonés de Inserción. La actual situación económica ha provocado que la población a la que iba dirigida este recurso haya sufrido un cambio radical, no únicamente por su aumento de forma exponencial, sino también en su estructura sociológica.

El por qué de la actualización

En la actualidad existe un alto número de solicitantes del IAI que lo que necesitan es cubrir sus necesidades básicas y la de su familia mientras buscan trabajo que es su demanda fundamental. Es por ello que una de las novedades esenciales de esta Ley es regular dos caminos de inserción distintos, que no son en absoluto incompatibles: la inclusión social y la laboral

El Gobierno de Aragón pretende con este giro es que el IAI priorice a los solicitantes que tengan cargas familiares. Con la modificación se consigue dar cobertura a todos los colectivos que social y laboralmente presenten riesgo de exclusión, un mayor seguimiento y control de las prestaciones durante todo el periodo de percepción y diferenciar dos itinerarios: para las personas socialmente excluidas y para quienes por falta de trabajo puede verse en riesgo de exclusión a corto y medio plazo.

Con la modificación del IAI se incrementa la capacidad de respuesta a la realidad socioeconómica actual e incrementa el control y supervisión para garantizar su correcta aplicación y en que el objetivo no es reducir el número de beneficiarios.

El IAI en cifras

En 2011 se presupuestaron 6,5 millones de euros y el actual Gobierno de Aragon ha ido incrementado la cantidad para cubrir todas las necesidades. En 2012 se presupuestaron 20 millones (más de un 200% con respecto al año anterior)  y para 2013 se van a destinar 25 millones de euros. El IAI tiene una asignación mínima de 441 euros mensuales y una máxima de 621,26 euros mensuales.

Equiparación al resto de comunidades

Todas las comunidades autónomas tienen mecanismos similares de lucha contra la exclusión. Con la reforma que ahora se acomete se pretende equiparar la norma aragonesa con las de las comunidades limítrofes, para conseguir un área de protección homogénea y que no provoque distorsiones en las demandas de protección social.

El intervalo de edad de los titulares de la prestación queda comprendido entre los 25 y los 65 años. En la actualidad todas las Comunidades  y Ciudades Autónomas, establecen este intervalo como la franja de edad de los solicitantes. También podrán ser titulares aquellas personas que fuera del intervalo de edad señalado estén en alguna de las siguientes circunstancias:

El periodo de empadronamiento y de residencia legal para ser titular de la prestación es de dos años equiparándolo a todas las comunidades limítrofes con Aragon (Navarra, Cataluña y Comunidad Valenciana), salvo La Rioja que exige tres. Lo mismo ocurre para los solicitantes extranjeros que deberán acreditar, igualmente, dos años de residencia legal e ininterrumpida en España para poder recibir la prestación. No se exigirán estos requisitos a las mujeres víctimas de violencia doméstica, ni a quienes hayan sido objeto de acogimiento familiar, o procedan de instituciones de protección de menores.

Obligaciones

Entre otras, destinar el importe de la prestación económica a la finalidad para la que le ha sido otorgada; Permitir y facilitar la labor de las personas designadas para evaluar su situación, sin menoscabo de los derechos constitucionalmente reconocidos; Suscribir, en su caso, el Acuerdo de Inserción y participar en las actividades que en él se determinen de forma personalizada, que no podrán suponer ningún tipo de subempleo; El Acuerdo de Inserción incluirá siempre la obligación de la presencia física del titular en un centro administrativo, que se determinará reglamentariamente, con una periodicidad mínima mensual; No rechazar una oferta de empleo y mantener la inscripción como demandante de empleo en el INAEM.

Duración

El Ingreso Aragonés de Inserción se concede como hasta ahora por un periodo de un año. La concesión podrá renovarse por sucesivos períodos anuales, atendiendo a la evaluación de los resultados alcanzados y al mantenimiento de las causas que la motivaron, hasta alcanzar un período máximo de prestación de tres años. En los casos de necesidad, debidamente valorada según se determine, se podrán otorgar renovaciones anuales del Ingreso Aragonés de Inserción, más allá del límite máximo fijado.

Extinción

La prestación del Ingreso Aragonés de Inserción se extinguirá por las siguientes causas: Traslado de domicilio de la unidad familiar fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón; Disfrutar de un beneficio similar en otra Comunidad Autónoma; Obtener recursos iguales o superiores en su cuantía a los que pudieran corresponder a la unidad familiar en función de la prestación del Ingreso Aragonés de Inserción; Falseamiento de la declaración de ingresos o el incumplimiento de las obligaciones previstas; Por el rechazo de una oferta de empleo.