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Lunes, 21 de octubre de 2024

ServiciosSociales

Iniciado el procedimiento para el anteproyecto de la ley de ordenación de las entidades privadas de Servicios Sociales

El objetivo de la norma es ordenar todas las entidades, servicios y centros sociales de titularidad privada y establecer las bases para su autorización y acreditación

El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana la toma en conocimiento del anteproyecto de ley de ordenación de las entidades privadas de Servicios Sociales, cumpliendo así el mandado dado por las Cortes de Aragón. Esta norma, que inicia ahora su tramitación, tiene como objetivo ordenar todas las entidades, servicios y centros sociales de titularidad privada y hacerlo con estos criterios básicos:

De este modo, el anteproyecto al que ha dado luz verde el Consejo de Gobierno detalla las obligaciones que deberán cumplir los titulares de los servicios y centros y regula el régimen de autorización y comunicación previa para que puedan funcionar, que debe ser previo a la entrada en funcionamiento del recurso o servicio para garantizar las condiciones adecuadas de seguridad y bienestar de los receptores del mismo.

Asimismo, detalla el régimen de acreditación que habilitará a las entidades privadas de servicios sociales a participar en la provisión de prestaciones sociales públicas y, en aquellas que no se integren en el sistema de responsabilidad pública, a prestar servicios a personas beneficiarias del sistema para la autonomía y atención a la dependencia. Otro de los capítulos está dedicado a regular la colaboración de las entidades privadas con el sistema público y a la percepción de subvenciones.

Cabe recordar, para contextualizar este desarrollo normativo, que la competencia exclusiva en materia de Acción Social (atención a la familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial) corresponde a la Comunidad Autónoma y cuenta para ello con una ley específica, si bien deben regularse con otra –referida a la titularidad privada- los servicios sociales que se presten en este ámbito. De hecho, la ley de Servicios Sociales prevé la posibilidad de que la iniciativa privada, tanto social como mercantil, pueda colaborar con el sistema público de servicios sociales en la provisión de prestaciones públicas sociales, o en el desarrollo de medidas o programas impulsados desde las distintas Administraciones Públicas, para lo que se arbitra esta legislación.

Una vez el Consejo de Gobierno ha aprobado el inicio del procedimiento para elaborar el anteproyecto de ley de ordenación de las entidades privadas de Servicios Sociales, el texto será sometido a informes y aportaciones y será remitido, ya como proyecto de ley, a las Cortes de Aragón.