Economía
Parte del tejido empresarial aragonés, obligado a someterse a auditorías energéticas antes de mitad de noviembre
Hasta el momento, un total de 37 instalaciones han cumplido ya con la norma
El órgano competente en materia de eficiencia energética en Aragón es la Dirección General de Energía Minas
Parte del tejido empresarial aragonés está obligado a someterse a una auditoría energética antes del 13 de noviembre, en cumplimiento del Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, cuya finalidad es el impulso y la promoción de un conjunto de actuaciones que es preciso realizar dentro de los procesos de consumo energético que puedan contribuir al ahorro y la eficiencia de la energía primaria consumida, así como a optimizar la demanda energética de los centros consumidores, además de disponer de un número suficiente de profesionales competentes y fiables que permitan asegurar la aplicación de la norma. Este Decreto transpone una Directiva del Parlamento Europeo que establece un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética a fin de asegurar la consecución del objetivo principal de alcanzar un 20% de ahorro para 2020. Se trata, además, de garantizar un impulso significativo hacia la mejora de la eficiencia energética de los procesos productivos y del sector servicios en España ya que, entre otros aspectos, va a contribuir de manera decisiva a profesionalizar el sector de las auditorías y de los proveedores de servicios energéticos. El Real Decreto establece con carácter obligatorio y de forma periódica, realizar una auditoría energética en aquellas empresas que no sean microempresas, pequeñas y medianas empresas. Dicha auditoría debe dar como resultado un conocimiento sobre el perfil de consumo de energía existente de un edificio o grupo de edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, o de un servicio privado o público, así como para determinar la cuantificar las posibilidades de ahorro de energía a un coste eficiente. Las auditorías deben llevarse a cabo, como fecha límite, antes del 13 de noviembre de este mismo año, y el plazo máximo para su comunicación es el 13 de febrero de 2017. Sin embargo, no deben cumplirse más de tres meses desde la realización de la auditoría hasta su comunicación ante el órgano competente. Esto quiere decir que, si por ejemplo, una empresa ha llevado a cabo su auditoría en julio, el plazo para presentar su correspondiente comunicación expira a los tres meses. Es decir, en este supuesto, sería en el mes de octubre. El Real Decreto ofrece como alternativa a justificar la obligación de realizar cada cuatro años una auditoría energética, la posibilidad de aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre que el sistema de gestión de que se trate incluya una auditoría energética realizada conforme a las directrices mínimas establecidas en el mismo. Por lo que respecta a la norma, no solo define la figura del auditor energético y el servicio energético sino que, además, regula el sistema de acreditación para proveedores de servicios energéticos y auditores energéticos, estableciendo los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de proveedor de servicios energéticos y el ejercicio de la actividad profesional de auditor energético. Por otra parte, la norma también pretende impulsar la eficiencia energética con el uso de la cogeneración de alta eficiencia y de los sistemas calefacción y refrigeración eficientes. En Aragón el órgano competente es la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo. Hasta la fecha, este organismo ha gestionado 37 auditorías energéticas, que corresponden a 23 empresas. Por otro lado, también se han gestionado 10 declaraciones responsables relativas al cumplimiento de los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de Proveedores de Servicios Energéticos. En el conjunto del Estado, alguna organización sectorial estima que la norma podría afectar a casi 3.800 empresas, con más de 23.000 instalaciones en todo el país. Tras la publicación del Real Decreto, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo acordó con las distintas comunidades autónomas constituir un grupo de trabajo al objeto de garantizar la correcta aplicación y de una manera lo más coordinada posible, de la norma en todo el territorio nacional. No obstante, el documento resultante de dicho grupo de trabajo no ha sido publicado todavía, no obstante desde la Comunidad Autónoma de Aragón se está dando respuesta a las dudas planteadas por los distintos agentes implicados en el desarrollo de la norma. En resumen, la eficiencia energética, ahora potenciada con este Real Decreto, es mucho más que una exigencia europea. Es una excelente oportunidad para reducir los costes energéticos, aumentando la competitividad y mejorando el confort de los comercios y servicios, para la generación de puestos de trabajo, y que además permitirá cumplir las exigencias de eficiencia energética derivadas de las directivas europeas y los compromisos de ahorro de energía y reducción de la emisiones en el sector de la edificación para 2020 y 2030. Para ello es imprescindible que los consumidores y empresas analicen y optimicen sus consumos de una manera continuada, las empresas asesoras y técnicos realicen su labor profesionalmente desde la auditoría hasta la implementación de las mejoras, y las administraciones públicas impulsen y promocionen acciones cuyo objeto sea contribuir a la mejora de la eficiencia energética.