El Boletín Oficial de Aragón publica la Orden por la que se aprueba el Plan General de Pesca para 2008
El Plan que mañana entra en vigor lo hace en el marco del nuevo Reglamento de Pesca, aprobado el pasado mes de febrero por el Gobierno de Aragón
El Boletín Oficial de Aragón publica hoy la Orden por la que se aprueba el Plan General de Pesca de 2008, que incluye entre otras novedades la prohibición de comercializar con especies extraídas del medio natural o que las especies autóctonas de madrilla y barbo culirroyo cambian a la modalidad de pesca de captura y suelta. El Plan, que entra en vigor mañana, lo hace en el marco del nuevo Reglamento de Pesca, aprobado el pasado mes de febrero por el Gobierno de Aragón y que supone el desarrollo de la Ley de Pesca de Aragón.
El Plan General de Pesca para el año 2008 incorpora también la actualización del valor de las especies a efectos de la indemnización por daños, por lo que las sanciones a partir de la temporada próxima serán más elevadas. Además, queda prohibido la utilización de la carpa (Cyprinus carpio) como cebo vivo en los embalses de Mequinenza y Ribarroja. El Plan incluye que el Black-Bass (Micropterus salmoides) queda sin cupo de capturas, excepto en los Escenarios catalogados como Escenarios Deportivos de Pesca en los que exista esta especie que será obligatorio la devolución al medio es decir captura y suelta.
En los anexos de la orden aparecen variaciones en cuanto a la clasificación de los tramos como vedados, tramos de captura y suelta que pueden consultarse en el Boletín Oficial de Aragón. Además, se invita a los pescadores a que voluntariamente se auto impongan una reducción de los cupos, contribuyendo así de forma notable a la mejor sostenibilidad de la actividad piscícola en Aragón.
Reglamento de Pesca
El pasado mes de febrero el Gobierno de Aragón aprobó en Consejo de Gobierno el nuevo Reglamento de Pesca de Aragón, que pretende completar definitivamente el marco general establecido en la Ley 2/1999, de 24 de febrero, de Pesca en Aragón. La norma establece el régimen jurídico especial de determinadas masas de agua, los requisitos para la obtención de la licencia de pesca y la protección de los ecosistemas acuáticos, entre otros elementos. Algunas de las novedades que aporta el Reglamento es la necesidad de que el pescador realice un curso o prueba de aptitud para obtener la licencia de pesca, o la creación de refugios de fauna acuática entre otras.
Con esta norma se pretende impulsar una mejor gestión de los recursos piscícolas mediante el fomento de la planificación de las cuencas desde el punto de vista de la práctica de la pesca, el adecuado manejo del medio natural y en particular la salvaguarda de caudales y riberas fundamentales para el mantenimiento de la vida acuática, la educación piscícola y las pruebas de aptitud para pescadores y el establecimiento de una guardería específica en materia de pesca, lo que redundará, sin duda, en una mejora de los recursos y del medio natural.