Aragón reconoce a las víctimas del terrorismo con el desarrollo de su Ley
Desde mañana y durante un mes víctimas y asociaciones pueden alegar el reglamento que hoy publica el BOA y que desarrolla la Ley de medidas a favor de víctimas del terrorismo.
La Ley tiene carácter retroactivo, es decir, tiene en cuenta a las víctimas de atentados terroristas cometidos desde 1960
El Consejero de Presidencia y Justicia ha informado al Consejo de Gobierno que hoy el Boletín Oficial de Aragón publica el Decreto por el que se desarrolla la Ley de medidas a favor de las víctimas del terrorismo, como la indemnización por daños personales y reparación por daños materiales causados por atentados terroristas y también las subvenciones a asociaciones relacionadas con las víctimas. En definitiva, se trata de aplicar la Ley de 2008. Con ello el ejecutivo autonómico intenta saldar la deuda que mantiene con las víctimas de la barbarie terrorista. En concreto, la norma establece un conjunto de medidas y actuaciones destinadas a las víctimas del terrorismo en el ámbito de las competencias autonómicas. Es decir, prevé la indemnización por daños físicos o psíquicos, la reparación de daños materiales en viviendas, locales y vehículos, subvenciones a asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que se dediquen a la representación y defensa de las víctimas del terrorismo. La aplicación de la Ley será retroactiva, es decir, por primera vez se tendrá en cuenta a las víctimas del terrorismo desde el 1 de enero de 1960. Por tanto, regulará las medidas que afecten a los atentados cometidos desde el 10 de agosto de 1982 hasta la actualidad -lo previsto inicialmente en la Ley de Apoyo de 2008 que no fue desarrollada hasta ahora-, y los que acaecieron entre el 1 de enero de 1960 y el 9 de agosto de 1982. Las ayudas serán complementarias a las concedidas por la Administración General del Estado y para atentados cometidos en Aragón o en cualquier otro lugar del territorio español o en el extranjero, siempre que las víctimas de los mismos ostenten la condición de aragonés durante la vigencia de esta Ley. A partir de mañana, un día después de su publicación en el BOA, y por un plazo de un mes, se somete a información pública, es decir, víctimas, asociaciones y otros interesados pueden presentar alegaciones o sugerencias, consideraciones que estimen pertinentes o necesarias. El objetivo es que el texto definitivo que se apruebe satisfaga a todos los afectados.