Justicia
Impulso a la mediación en los conflictos penales
Gobierno de Aragón, Consejo General del Poder Judicial, Ministerio Fiscal y la Asociación ¿Hablamos? se unen para hacer realidad la mediación en los juzgados aragoneses
Se trata de una alternativa a la judicialización de los conflictos, un proceso en el que las partes intentan alcanzar por si mismas un acuerdo para resolver su litigio
Las Cortes de Aragón lo solicitaron al Ejecutivo por unanimidad y hoy se ha rubricado el convenio que permitirá hacerlo realidad. El Ejecutivo autonómico, el Consejo General de Poder Judicial, el Ministerio Fiscal y la Asociación ¿Hablamos? unen sus esfuerzos para extender la buena práctica de la mediación penal a todos los Juzgados de la Comunidad que quieran participar en esta experiencia. La directora de Administración de Justicia, Tomasa Hernández, se muestra convencida de que “la Administración debe apostar decididamente por la medicación. Se trata de un medio alternativo que evita la judicialización de conflictos y sobre todo, ofrece mayor grado de satisfacción al ciudadano en la resolución de su problema concreto”. La mediación en el ámbito de lo penal es un procedimiento en el que, quienes aparecen como infractor y víctima de un delito o falta, de una forma voluntaria, con la asistencia de un mediador neutral e imparcial, tratan de alcanzar a través de la comunicación y el diálogo una reparación del daño causado. “Desde el Gobierno de Aragón y desde el resto de instituciones apostamos por la Asociación Hablamos para la ejecución de estos actos de mediación. Es una asociación con amplia experiencia en mediación penal en distintos juzgados de la Comunidad como experiencia piloto desde hace aproximadamente 4 años”, apunta Hernández.
Este nuevo método de resolución de conflictos puede ayudar a aligerar la carga de los juzgados y en el que se atienden las necesidades de la víctima, se facilita la reinserción social de los infractores y se reconoce la vigencia de la norma penal como pauta válida para regular la convivencia social.
La directora de Administración de Justicia destaca la importancia de la mediación
Hernández relata la experiencia que avala a la Asociación Hablamos
En principio, todas las infracciones penales (delitos y faltas) son susceptibles de ser derivadas al sistema de mediación, con la excepción de los procesos por delitos o faltas tramitados por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Entre otros, se pueden solventar mediante mediación penal los delitos de carácter leve como lesiones, hurtos, robos sin violencia, calumnias, impago de pensiones, estafa, amenazas y coacciones. Los principios que caracterizan el servicio de mediación penal son: • Neutralidad: El mediador es una persona externa al litigio y facilita la búsqueda
de soluciones que satisfagan a ambas partes. • Gratuidad: Hace posible que la mediación llegue a toda la población. • Imparcialidad: Es deber del mediador mantener una conducta imparcial y equilibrada, libre de perjuicio o favoritismos. En todo momento debe mostrar su imparcialidad y crear la confianza necesaria. • Confidencialidad: El mediador deberá guardar absoluta confidencialidad de todo cuanto se diga o se manifieste. • Inmediatez: La mediación ahorra tiempo y esfuerzo, reduce costos y aligera el trabajo. • Igualdad: Ambas partes son iguales en el proceso de mediación. • Voluntariedad: Los propios involucrados deciden de forma voluntaria participar o no en el proceso de mediación