Salud Pública
Un decreto-ley establece los confinamientos y territorios en nivel 3 agravado que regirán en Aragón a partir del domingo
Las medidas más restrictivas se aplicarán en Calatayud y Jaca, las comarcas Campo de Borja, Campo de Cariñena, Ribera Alta del Ebro, Valdejalón y parte de Cinco Villas
Dos órdenes recogen las restricciones en nivel 3, que se flexibiliza, y nivel 3 agravado
El Boletín Oficial de Aragón publica hoy un decreto ley por el que se modifica la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, por el que se adoptan confinamientos perimetrales y el restablecimiento del nivel de alerta 3 agravado en los municipios de Calatayud y Jaca, las comarcas Campo de Borja, Campo de Cariñena, Ribera Alta del Ebro, Valdejalón y Cinco Villas (en concreto los municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste). Entrará en vigor a las 00:00 horas del domingo, 9 de mayo.
De este modo, se incluye Campo de Borja, que ha alcanzado una incidencia de 450 casos por 100.000 habitantes en la última semana. En este caso se ha decidido tomar medidas de prevención y control para todo el territorio de la comarca, aunque varios municipios no estén afectados, ya que la movilidad afecta al conjunto de la comarca sin áreas diferenciadas.
En lo que se refiere a la comarca de Cinco Villas las medidas más restrictivas pasan a circunscribirse a los municipios de las zonas de salud anteriormente citadas, dado que las localidades de la comarca no tienen el mismo grado de afectación ni forman un conjunto uniforme intercomunicado entre sí. De este modo, detalla el decreto, las zonas de salud con más afectación son las que tienen mayor relación en su movilidad, por lo que las medidas se pueden aplicar únicamente en esos territorios. Asimismo, sale del confinamiento perimetral y del nivel 3 agravado el municipio de Tarazona, que ha pasado de una incidencia e 654 casos por 100.000 habitantes a comienzos de abril a 180 en la actualidad.
Además, el decreto ley establece también que la celebración de fiestas, verbenas y otros eventos populares queda suspendida hasta las 24:00 horas del día 31 de agosto de 2021. A partir de dicha fecha, salvo que se acuerde expresamente la posibilidad de celebrarlas con carácter general, podrán autorizarse por la autoridad sanitaria, en su caso, siempre que la evolución de la situación epidemiológica así lo permita.
Los niveles
En cuanto a las órdenes, las unidades territoriales confinadas seguirán bajo el nivel de alerta tres agravado. El resto de la Comunidad Autónoma quedará en nivel tres ordinario, en el que se incluyen algunas modulaciones respecto a las medidas actuales: