El Gobierno de Aragón defiende la plena validez de los registros practicados en la operación 'Perserte'
El Ejecutivo autonómico apoya la postura del Ministerio Fiscal que respalda las prórrogas de la instrucción y la continuidad de la investigación judicial.
Los Servicios Jurídicos del Gobierno de Aragón, personados en el procedimiento penal que se instruye en el Juzgado de Instrucción número 1 de Teruel relativo a la denominada operación Perserte, han presentado un escrito de oposición al recurso de las defensas, en el que solicitaban la nulidad de las diligencias de entrada y registro practicadas en los domicilios de los investigados. La operación Perserte de la Guardia Civil (UCOMA–SEPRONA) investiga una presunta trama de corrupción medioambiental vinculada a la tramitación de proyectos eólicos y fotovoltaicos en la provincia de Teruel. Una instrucción en la que el Gobierno de Aragón decidió personarse como perjudicado “para defender los intereses de todos los aragoneses”, explicó en rueda de prensa la vicepresidenta en funciones, Mar Vaquero.
En el recurso al que se ha opuesto el Gobierno de Aragón, las defensas alegaban que dichas diligencias se habrían acordado una vez transcurrido el plazo legal de instrucción. Sin embargo, el Gobierno de Aragón respalda la postura del Ministerio Fiscal, que considera que se trata de una causa judicial compleja, lo cual justifica legalmente la ampliación del plazo de investigación y las sucesivas prórrogas acordadas por el juzgado. Dichas diligencias se adoptaron durante los periodos de ampliación, por lo que —señala el escrito— gozan de plena validez jurídica.
Los Servicios Jurídicos de la comunidad subrayan en su recurso que, incluso en el hipotético caso de que la causa no fuera considerada formalmente compleja, las diligencias serían igualmente válidas, ya que fueron acordadas dentro del plazo legal o derivan de forma directa de actuaciones solicitadas dentro de ese plazo. Ademas, el escrito detalla cronológicamente el desarrollo del procedimiento, destacando que la investigación ha sido constante, activa y sin periodos de inactividad.
Un elemento central de la oposición presentada es que los informes de la UCOMA y otras diligencias esenciales fueron solicitados desde el inicio del procedimiento, antes del límite temporal que las defensas pretenden fijar como fecha de caducidad. Por tanto, las actuaciones posteriores —entre ellas, las entradas y registros— constituyen una consecuencia directa de esas diligencias iniciales, lo que impide considerarlas extemporáneas o nulas.
El escrito recuerda además que la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo ha superado interpretaciones anteriores que implicaban la anulación automática de diligencias acordadas fuera del plazo de instrucción. Conforme a esta doctrina, el incumplimiento del plazo no provoca por sí mismo la nulidad de las actuaciones ni el archivo del procedimiento, ni puede servir como vía indirecta para propiciar una prescripción artificial de los delitos.


