Los afectados por la interrupción del servicio telefónico en Galve podrán pedir indemnizaciones
La Dirección General de Consumo pone en conocimiento de los afectados sus derechos ante el corte de la línea telefónica que han sufrido en los últimos días
Ante las informaciones surgidas por el corte temporal del servicio telefónico en la localidad turolense de Galve en los últimos días, la Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón recuerda los derechos que los usuarios tienen cuando se producen este tipo de interrupciones telefónicas.
Según prevé la legislación vigente, cuando un abonado sufre interrupciones en su servicio durante un periodo de facturación deberá ser indemnizado por el operador. El importe de dicha indemnización tendrá que ser igual o mayor que el promedio de la factura por todos los servicios interrumpidos durante los tres meses anteriores prorrateado por el tiempo que haya durado la interrupción en cuestión, o bien, cinco veces la cuota mensual de abono vigente en el momento de la interrupción prorrateada igualmente.
Además, se pueden reclamar indemnizaciones adicionales siempre y cuando se justifiquen otra clase de prejuicios con pruebas. En el caso de que la compañía telefónica no hiciera caso de las reclamaciones, el consumidor, siempre que éste lo fuera final, puede optar por la vía del arbitraje para hacer valer sus derechos, ya que Telefónica de España SAU está adherida al Sistema Arbitral de Consumo.