Medio Ambiente
Autorizado el gasto correspondiente al contrato de servicios para funcionamiento, mantenimiento y conservación de las estaciones depuradoras de aguas residuales de Teruel y Cella
La estación depuradora de aguas residuales de Teruel fue construida por la Diputación General de Aragón, que recibió las obras en el año 1999. En virtud del Convenio suscrito con el Ayuntamiento, por medio del cual se delegaba la gestión de la explotación al Instituto Aragonés del Agua, se procedió a iniciar el expediente de contratación 2/2000, denominado Servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la EDAR de Teruel, cuya duración se extendió desde el 22 de diciembre de 2000 hasta el 21 de diciembre de 2004. Posteriormente, por medio de expediente C29/2004 se licitó un nuevo contrato de servicios para mantener el funcionamiento ininterrumpido de la instalación, que dio comienzo el 22 de diciembre de 2004 y finalizó el 21 de diciembre de 2008. Del mismo modo que en el caso anterior, por medio de expediente C13/2008 se licitó un nuevo contrato de servicios para mantener el funcionamiento ininterrumpido de la EDAR de Teruel, que dio comienzo el 22 de diciembre de 2008 y finalizó el 21 de diciembre de 2012. La estación depuradora de Cella fue construida por el Instituto Aragonés del Agua, que recibió las obras, una vez finalizado el periodo de garantía de la construcción, en el año 2005. En virtud del Convenio suscrito con el Ayuntamiento, por medio del cual se delegaba la gestión de la explotación al Instituto Aragonés del Agua, se procedió a iniciar el expediente de contratación C22/2005, denominado Servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de la EDAR de Cella, cuya duración se extendió desde el 26 de octubre de 2005 hasta el 25 de octubre de 2009. Posteriormente, por medio de expediente C9/2009 se licitó un nuevo contrato de servicios para mantener el funcionamiento ininterrumpido de la instalación, que dio comienzo el 26 de octubre de 2009 y se extendió hasta el 21 de diciembre de 2012. Atendiendo a la cercanía de ambos municipios y al pequeño tamaño de la EDAR de Cella, por medio del expediente C18/2012 se licitó un nuevo contrato de servicios en el que se incluía la gestión de ambas instalaciones, así como cinco pequeñas instalaciones de depuración sitas en varios barrios de Teruel. Este contrato dio comienzo el 22 de diciembre de 2012 y finalizará el próximo 21 de diciembre de 2016. El servicio de funcionamiento de una instalación de depuración debe realizarse de manera continua, de forma que se garantice que la planta cumple con el cometido para el que ha sido construida. Por tal motivo, a la finalización del periodo de contrato actual, debe continuar la operación de las instalaciones, por lo que procede iniciar un nuevo expediente de contratación del servicio de funcionamiento, mantenimiento y conservación de las EDAR de Teruel y Cella. Atendiendo a los plazos de publicidad, presentación de ofertas, evaluación de las mismas y previos a la formalización del contrato, el expediente debe iniciarse con la debida antelación, de manera que los anuncios de licitación sean publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea y Boletines Oficiales del Estado y de Aragón, al menos 6 meses antes de la fecha de comienzo de contrato. La contratación está prevista por medio del contrato de servicios definido en el artículo 10 del RDL 3/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), donde encaja perfectamente la definición del trabajo a realizar: una prestación de hacer, consistente en el desarrollo de una actividad o dirigida a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. La categoría donde se encuadra el objeto del contrato es la número 16 del Anexo II del TRLCSP. El procedimiento a emplear es el procedimientoabierto, con varios criterios de adjudicación, acorde a lo establecido en el artículo 150.3.g) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El plazo del contrato se establece en tres años, estando prevista la posibilidad de prórroga hasta por un máximo un periodo anual adicional. El coste del contrato para los tres años se ha establecido en 3.123.237 euros siendo el valor estimado del contrato incluida su posible prórroga de 3.785.742 euros.
<div class="fckJus">ANUALIDAD</div> | <div class="fckJus">IMPORTE </div> | <div class="fckJus">Aplicación presupuestaria</div> | <div class="fckJus">ELEMENTO PEP</div> |
<div class="fckJus">2016</div> | <div class="fckJus">28.341,89</div> | <div class="fckJus">G/5121/227007/91002</div> | <div class="fckJus">2006/000020</div> |
<div class="fckJus">2017</div> | <div class="fckJus">1.041.079,11</div> | <div class="fckJus">G/5121/227007/91002</div> | <div class="fckJus">2006/000020</div> |
<div class="fckJus">2018</div> | <div class="fckJus">1.041.079,11</div> | <div class="fckJus">G/5121/227007/91002</div> | <div class="fckJus">2006/000020</div> |
<div class="fckJus">2019</div> | <div class="fckJus">1.012.737,22</div> | <div class="fckJus">G/5121/227007/91002</div> | <div class="fckJus">2006/000020</div> |
<div class="fckJus">TOTAL</div> | <div class="fckJus">3.123.237,33</div> | <div class="fckJus"> </div> | <div class="fckJus"> </div> |
El coste del contrato se financia con cargo al Impuesto de Contaminación de las Aguas que es un impuesto solidario de finalidad ecológica que tiene la naturaleza de recurso tributario de la Comunidad Autónoma, cuya recaudación se afectará a la financiación de las actividades de prevención de la contaminación, abastecimiento, saneamiento y depuración (artículo 80 de la Ley 10/2014 de 24 de noviembre de Aguas y Ríos de Aragón) modificado por el artículo 5.1 de la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.