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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Desarrollo Rural

Desarrollo Rural convoca las ayudas para la reestructuración y reconversión de viñedo

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 18 de abril y su financiación corresponde en su totalidad al FEAGA

El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón Medio ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras para las ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo para la campaña 2018-2019, que se enmarca en la organización común del mercado vitivinícola. Así lo recoge la Orden DRS/463/2018, de 9 de marzo publicada en el Boletín Oficial de Aragón del pasado viernes 19 de marzo.

Como en pasadas ediciones, el apoyo para la reestructuración y reconversión de viñedos se podrá realizar para una ó varias de las siguientes actividades y de acuerdo con la normativa: reimplantación de viñedos, reconversión varietal y mejora de las técnicas de gestión de viñedos.

Del mismo modo, también está contemplada la compensación a los viticultores por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación de las medidas de reestructuración y reconversión del viñedo tales como el arranque y posterior plantación, la reconversión varietal sobre el injerto o la transformación de vaso a espaldera, previa reconversión varietal.

El régimen de reestructuración y reconversión del viñedo se llevará a efecto a través de solicitudes de ayuda que contendrán las correspondientes operaciones a realizar, así como el detalle de las acciones de cada una de ellas. Las solicitudes podrán contener operaciones anuales y/o bianuales, sin que en ningún caso se extiendan más allá del ejercicio financiero 2023. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 18 de abril de 2018 y su financiación corresponde en su totalidad al FEAGA.

Novedades

La mayor novedad en esta campaña es la no necesidad de presentar Planes de Reestructuración y reconversión de viñedo que obligaban a ser presentados a través de Planes colectivos que agrupaban a los viticultores solicitantes de la ayuda y que contenían las correspondientes operaciones a realizar, así como la presentación de un calendario de las mismas, circunstancia que hasta la convocatoria pasada era un requisito imprescindible para llegar a las mencionadas ayudas.

Por otra parte, la concesión de estas subvenciones está supeditada a la asignación inicial de fondos que acuerde la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural y el procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación y de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la normativa a nivel nacional y para Aragón.

Por otra parte, aunque las solicitudes se podrán presentar de forma individual o colectiva, en todo caso, todos solicitantes deberán designar un Técnico Responsable que asumirá funciones de: asesoramiento en el cumplimiento de la legislación vitícola y validación a la finalización de las operaciones suscribiendo las solicitudes de anticipo o de pago del saldo.

Igualmente, la presentación de la solicitud de forma colectiva, para la que se requerirá un mínimo de 10 solicitantes, se efectuará en el marco de un acuerdo celebrado entre los viticultores participantes donde se designara un representante de la agrupación que actuará como interlocutor único y deberá de disponer de un certificado digital que permita la identificación y realización telemática de trámites de forma segura. Este interlocutor único será el encargado de designar al Técnico Responsable.