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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Medio Ambiente

La Dirección General de Servicios Jurídicos, habilitada para pedir autorización al Gobierno de Aragón y ejercer todo tipo de acciones sobre las transferencias de aguas del Canal Segarra-Garrigues

La Dirección General de Servicios Jurídicos ha quedado habilitada para solicitar autorización al propio Gobierno de Aragón para el ejercicio de las acciones pertinentes, tanto en el ámbito administrativo como en cualesquiera órdenes jurisdiccionales, en relación con la Orden del Ministerio de Medio Ambiente, de 27 de octubre de 2010, que autorizó la transferencia de aguas desde el canal Segarra-Garrigues, así como cualesquiera concesiones o autorizaciones que se refieran a proyectos de obras que pretendan fundarse en la misma.   El acuerdo pone de manifiesto que la Comunidad Autónoma de Aragón ostenta las competencias en materia de aguas que determina el artículo 72 del Estatuto de Autonomía de Aragón.   Entre otras, el Estatuto determina que la Comunidad Autónoma participará y colaborará en la planificación hidrológica y en los órganos de gestión estatal de recursos hídricos y de los aprovechamientos hidráulicos que pertenecen a cuencas hidrográficas intercomunitarias que afecten a Aragón (artículo 72.2) y que la Comunidad emitirá informe preceptivo para cualquier propuesta de obra hidráulica o de transferencia de aguas que afecte a su territorio (artículo 72.3).   Por otra parte,elConsejo de Gobierno autorizó en fecha 14 de marzo de 2017, al igual que ya lo hiciera anteriormente respecto a decisiones previas similares, interponer recurso contencioso-administrativo contra el Decreto 1/2017, de 3 de enero, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2016–2021 y el Acuerdo (GOV/1/2017), de 3 de enero, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, por el que se aprueba el Programa de medidas del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2016-2021.   Ambas decisiones del Gobierno de la Generalidad de Cataluña vienen a reproducir los aprobados con anterioridad en 2014 que ya fueron objeto de impugnación por parte de la Administración Pública de la C.A. de Aragón en vía jurisdiccional, estando pendiente de sentencia.

Decisiones recientemente adoptadas al respecto en el Consejo Nacional del Agua con el voto en contra de la Comunidad Autónoma de Aragón al formular voto particular anticipan el anuncio de una inminente aprobación mediante Real Decreto adoptado por el Consejo de Ministros, que pudiera dar lugar a que se entiendan erróneamente autorizadas obras que permitan una transferencia de aguas desde el canal Segarra-Garrigues hasta cuatro municipios de cuencas internas catalanas bajo el inexistente amparo de la Orden de 27 de octubre de 2010, del Ministerio de Medio Ambiente, por tratarse de una Orden afectada de caducidad y posible nulidad de pleno derecho.