Medio Ambiente
Gestión Forestal prolonga nuevamente el periodo de riesgo de incendios hasta el 19 de noviembre
No se podrá hacer uso del fuego, tal como quemas de restos de poda o barbacoas, hasta pasada esta fecha
El motivo es el estado del combustible del monte, que está más seco de lo habitual en esta época del año
La dirección general de Gestión Forestal, Caza y Pesca del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ha creído conveniente modificar la Orden anual de incendios, volviendo a prolongar la época de peligro desde el 15 de octubre, fecha en la que estaba previsto que finalizara, hasta el día 19 de noviembre (inclusive). El motivo es que en el periodo de ampliación hasta el 1 de Noviembre, que anteriormente se estableció, no han mejorado las condiciones para la utilización del fuego.
La situación de sequía producida durante verano y otoño 2017, especialmente en los meses de septiembre y octubre, ha provocado que los combustibles de gran parte de nuestros montes y cultivos se encuentren en un estado de sequedad inusual para esta época del año.
En estas condiciones la realización de determinadas actuaciones de uso del fuego -ya sea para la eliminación de restos vegetales, quemas en superficies agrícolas o con carácter recreativo, cultural o similar-, entraña un riesgo que puede evitarse mediante la prórroga planteada. En las condiciones actuales existe una elevada probabilidad de que se produzca un comportamiento del fuego más intenso y virulento del esperado en estas quemas, la pérdida de control del fuego e incluso su escape y evolución a incendio forestal. Esta situación aconseja posponer la realización de todos los usos que la actual regulación permite fuera de la época de peligro, a un momento en el que nuestros montes se encuentren en mejores condiciones.
Mediante esta modificación el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad hace uso de la habilitación que le concede la legislación básica en materia de montes para regular mediante una orden anual los periodos de peligro y las condiciones especiales de empleo del fuego, así como la adopción de otras medidas preventivas. En este sentido, la Orden DRS/107/2017, de 31 de enero, establecía ya el periodo de peligro del 16 de marzo al 15 de octubre, que ahora se ve ampliado en más de un mes.
Ante cualquier duda respecto a los efectos de esta prórroga o cualquier condición para el empleo del uso del fuego, los ciudadanos pueden dirigirse a las Oficinas Comarcales Agroambientales distribuidas por las tres provincias aragonesas y a los servicios provinciales.