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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Medio Ambiente

El Gobierno de Aragón destina 4,4 millones a entidades locales para la dotación o mejora de las infraestructuras de depuración

Se prevé un periodo de ejecución y justificación de las ayudas concedidas entre los ejercicios 2018 y 2020

El Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración es la herramienta de planificación por el que el Instituto Aragonés del Agua lleva a cabo la construcción de las depuradoras de aguas residuales previstas en Aragón. Este Plan contiene una serie de actuaciones a desarrollar para dar cumplimiento a lo establecido en materia de tratamiento de aguas residuales por la normativa de la Unión Europea y la legislación básica del Estado. En este Plan se recogen las actuaciones de depuración de aguas residuales en núcleos de más de 1.000 habitantes equivalentes. Por otro lado, el Plan Integral de Depuración del Pirineo Aragonés tiene como objetivo tratar todas las aguas residuales urbanas de la cabecera de los valles pirenaicos.   No obstante, y ante la necesidad de avanzar en la construcción y mejora de los sistemas de depuración de aguas residuales adecuados a las características de las entidades locales aragonesas, el Instituto Aragonés del Agua pretende impulsar y acelerar el cumplimiento de las obligaciones en materia de tratamiento de aguas residuales a través de una convocatoria de subvenciones, tal y como se hizo el año pasado. De esta manera, serán las entidades locales beneficiarias de ayudas las responsables de la licitación, contratación y ejecución de las obras necesarias para construir o acondicionar sus sistemas de depuración.   El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a las entidades locales de Aragón, con destino a actuaciones encaminadas a la dotación o mejora de infraestructuras de depuración de aguas residuales urbanas.   El importe destinado a esta convocatoria se cifra en 4.400.000, correspondiente a la aportación del Instituto Aragonés del Agua. Las subvenciones que se otorguen mediante la convocatoria prevista se ajustarán al procedimiento de concurrencia competitiva y se tramitarán de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, evaluándose y seleccionándose de conformidad a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.   El porcentaje máximo de ayuda a conceder será el 95% de la inversión, con un límite de 300.000,00 € por solicitud.

Se prevé un periodo de ejecución y justificación de las ayudas concedidas entre los ejercicios 2018 y 2020 por lo que su carácter plurianual exige la previa autorización por el Consejo de Gobierno, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 41 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma.