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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Agricutura

Reorganizada la Estructura Periférica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

A partir de una modificación del Decreto se establece la existencia de 33 OCAS, que se ajustan al mapa comarcal, y 25 AMAS

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto que regula la Administración Periférica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, que se compone de los tres Servicios Provinciales, con sus correspondientes unidades administrativas, la Secretaría Provincial y las subdirecciones provinciales.

En un nivel inferior, se encuentran las Oficinas Comarcales Agroambientales (OCAS), que actúan en todos los ámbitos del Departamento, en algunas de las cuales existen Delegaciones. Se ajustan al mapa comarcal, existiendo 33 OCAS. También se mantiene la existencia de las 25 Áreas Medioambientales (AMAS) que actúan respecto de las funciones propias de los Agentes de Protección de la Naturaleza.

Como norma general, existirá una sola dependencia administrativa por OCA que, salvo excepciones, se ubicará en la capital administrativa de cada comarca. No obstante, podrán existir otras dependencias distribuidas en otros municipios, llamadas Delegaciones. Al frente de cada OCA, existirá un Jefe de OCA. En las OCAS en cuyo ámbito territorial existan Delegaciones, existirá un Jefe de Delegación que dependerá del Jefe de OCA. Las AMAS estarán coordinadas por un Coordinador Medioambiental que será un APN (Agente de Protección de la Naturaleza).