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Aprobado el Proyecto de Ley de Identidad de Género y No Discriminación
Supone la ampliación de los derechos para las personas transexuales, así como su reconocimiento en la Comunidad.
Ha sido elaborada por los colectivos LGTB aragoneses.
Identidad de Género y No Discriminación, elaborado por los colectivos LGTB (lesbianas, gais, transexuales y bisexuales) de la Comunidad y que tiene como objetivo principal “despatologizar” a las personas transexuales y reconocer y ampliar sus derechos. El ámbito de aplicación de la ley se dirige a cualquier persona física o jurídica, pública o privada en el territorio aragonés. Las instituciones de la Comunidad deberán adoptar las medidas que propicien el respeto a la identidad de género y llevar a cabo acciones tendentes a la protección y la efectividad real de los derechos de este colectivo. El texto arranca con la definición de identidad sexual. La vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente y autodetermina, sin que deba ser definida por terceros, pudiendo corresponder no con el sexo asignado en el momento del nacimiento, y pudiendo involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. La ley aborda cuestiones como el reconocimiento del derecho a la identidad de género libremente manifestada, el desarrollo de la personalidad de acuerdo a la identidad de género, el respeto a la identidad de género manifestada, el ser tratado de acuerdo con la identidad de género manifestada y la atención y protección de acuerdo a sus necesidades en el ámbito psicológico, educativo, sanitario, social, cultural y en cualquier aspecto de la vida y el desarrollo social. Todas estas medidas tienen un objetivo común: la protección del ejercicio efectivo de su libertad y sin discriminación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social. Medidas concretas El texto aprobado incluye medidas concretas en diferentes ámbitos. En el administrativo, el texto dice que las administraciones públicas obrarán teniendo en cuenta que las personas deben ser tratadas de acuerdo con la identidad de género que manifiesten, y que se debe respetar la dignidad y la privacidad de la persona concernida, así como la heterogeneidad del hecho familiar. Asimismo, se proveerá a toda persona que lo solicite de las acreditaciones acordes a su identidad de género manifestada que sean necesarias para el acceso a sus servicios administrativos y de toda índole. También se facilitarán servicios de información, asesoramiento y participación para los derechos asociados a la identidad de género y se constituirá un comité consultivo contra la discriminación. La ley señala que la Comunidad de Aragón velará por el respeto a la confidencialidad de los datos relativos a la identidad de género de las personas “trans” en todos sus procedimientos” y que se pondrán en marcha programas de sensibilización, educación y promoción del respeto a las personas según su identidad de género. También fomentará el apoyo a las personas y asociaciones que promuevan los derechos de estas personas. En el apartado sanitario, el proyecto de ley destaca la protección y afirmación del derecho a la salud física y mental de este colectivo. Se dará atención sanitaria bajo el principio de autodeterminación de género, no discriminación, proximidad y no segregación. Las personas “trans” tienen derecho, según el proyecto de ley, a ser informadas de los tratamientos, de que sea aplicado el consentimiento informado y libre determinación del paciente. También se reconoce el derecho a ser tratados conforme a su identidad de género y a ser consultadas para el ingreso correspondiente cuando haya salas diferenciadas. Los menores serán tratados por especialistas pediátricos, lógicamente bajo el consentimiento informado de los padres y de los menores a partir de los 14 años. En caso de conflicto de intereses, tomando como referencia la protección de los intereses en juego, el primordial el del menor, será la autoridad judicial quien adopte la decisión correspondiente. Respetando la normativa sanitaria, la cartera de servicios y normativa de referencia, se les proporcionará: tratamiento hormonal y quirúrgico, material protésico, modulación de voz y timbre en su caso y acompañamiento y asesoramiento psicológico. A esto se añade la atención sanitaria en el ámbito reproductivo, garantizando el acceso a los programas correspondientes. También se contempla la creación de unidades de identidad de género para asesorar a los profesionales sanitarios que lo requieran y atención a los pacientes que puedan ser derivados o lo soliciten. Educación En el ámbito educativo se llevarán a cabo medidas de respeto a la identidad de género manifestada. El ámbito educativo, dice el proyecto de ley, debe ser preventivo y formativo en lo que se refiere a la inclusión y al respeto. Por todo ello, se incluirán en los currículos materiales de sensibilización, conocimiento y respeto de la variedad afectivo sexual. Se ofrecerá apoyo psicopedagógico y se elaborarán guías didácticas y protocolos educativos sobre la identidad de género. Se respetará la identidad de género manifestada en las listas de clase y en la documentación asociada a cada centro educativo, así como la imagen e indumentaria asociada a la identidad de género. Las instalaciones educativas se usarán conforme a la identidad de género. También se darán cursos de formación al personal docente para abordar de manera adecuada la identidad sexual del alumnado, con actitudes de respeto, inclusivas y no discriminatorias. En lo que se refiere al ámbito laboral, el Instituto Aragonés de Empleo incluirá entre sus actuaciones medidas de formación, orientación, inserción y prevención de la exclusión, encaminadas a la inserción y sostenibilidad en el empleo y que garanticen el ejercicio del derecho del trabajo para las personas susceptibles de discriminación por motivos de identidad y/o expresión de género. Asimismo, la estrategia aragonesa de responsabilidad social empresarial incluirá medidas destinadas a promover la igualdad y la no discriminación por razón de identidad de género. Por otra parte, las administraciones públicas competentes elaborarán un programa marco de actuación para la inserción y atención social del colectivo de personas “trans” en riesgo grave de exclusión. Asimismo, se aplicará sobre ellas la Ley de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia de Género en Aragón.
A todas estas medidas se suman otras en el ámbito familiar, de juventud, deportes.