Consumo
Consumo recuerda que las joyas deben estar identificadas con el tipo, cantidad de metal y fabricante o importador
Antes de realizar una compra es importante comparar precios e informarse de si existe posibilidad de cambio o devolución
Se acerca la festividad de San Valentín y son muchos los ciudadanos que deciden regalar piezas de metales preciosos y joyería. Generalmente este tipo de productos se adquieren en tiendas especializadas como joyerías; sin embargo, cada vez son más los consumidores que deciden realizar estas compras fuera de establecimientos comerciales y por Internet. Ros Cihuelo, directora general de Protección de Consumidores y Usuarios recuerda que respecto a estas dos últimas modalidades de compra “existe un derecho de desistimiento que puede ejercerse en el plazo de 14 días desde su adquisición”.
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La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios recomienda cerciorarse de la identidad del vendedor y su domicilio social en el caso de las compras que se realicen online. También recuerda que los productos de joyería deben contar con elementos identificativos en los que se describa el tipo y cantidad de metal de la pieza, además del fabricante o importador.
A efectos informativos también deben indicarse los valores mínimos del metal correspondiente; siendo 950 milésimas para el platino, 750 para el oro de primera ley, 585 si es oro de segunda ley, 925 en el caso de plata de primera ley y 800 para la plata de segunda ley.
En el caso de piezas de joyería de metales preciosos, si no se alcanza el valor mínimo de milésimas para ser de primera o segunda ley, debe identificarse como de “baja aleación” y expresar su valor en milésimas.
Por último, si se trata de piezas con baño de metal, se identificarán como metal platinado, dorado o chapado con plata, según corresponda; así como el espesor del recubrimiento en micras.
En cualquier caso, el vendedor debe establecer una separación entre las piezas de metales preciosos y los de baja aleación o recubiertos con metales preciosos para evitar que el consumidor se vea inducido a error o confusión. Asimismo, “el comerciante ha de facilitar la información relativa a la identidad del fabricante y en su caso del laboratorio oficial, responsable de la marca del contraste de garantía”, apunta Cihuelo.
Consumo también recomienda exigir y guardar el ticket o justificante de compra para ejercer el derecho de garantía durante un plazo de hasta dos años e informarse de la posibilidad de cambio o devolución, sobre todo si se trata de un regalo.
Sector no problemático
El año pasado, la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios del Gobierno de Aragón, registró 38 consultas y 28 reclamaciones y denuncias a través de los Servicios de Atención a los Consumidores del Gobierno de Aragón. Ambas cifras reflejan la baja incidencia de problemas en el sector, en el que los principales percances son las cuestiones de garantía de los productos y la reparación de los mismos.
Sin embargo, ante cualquier incidencia, el consumidor puede dirigirse al vendedor quien deberá dar una respuesta en el plazo de un mes. Una vez transcurrido ese periodo, podremos elevar nuestra reclamación ante el Servicio Provincial de Ciudadanía y Derechos Sociales.
*Adjuntamos audios de la directora general de Protección de Consumidores y Usuarios, Ros Cihuelo.