ServiciosSociales
Decreto para la regulación de la organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales de Aragón
Este decreto emana de la Ley de Servicios Sociales de 2009
El Consejo de Gobierno ha aprobado en su sesión de hoy un decreto por el que se regula la organización y funcionamiento de los centros de servicios sociales de Aragón (municipales y comarcales), en desarrollo de lo establecido en la Ley 5/2009 de Servicios Sociales de Aragón. Este decreto determina las prestaciones que deben ofrecer, los medios materiales y funcionales con los que debe contar cada centro, su estructura básica y las funciones de los profesionales que la componen. El texto consolida una realidad organizativa que ya existía pero que no estaba regulada. Establece el concepto y estructura de los centros de servicios sociales, sus características, ubicación, tipología de centros, ámbito de atención, prestaciones, funciones, tareas, principios metodológicos, así como los requisitos que deben cumplir, tanto materiales como funcionales. Dentro del apartado de organización, se establece la estructura básica de estos centros, la existencia de un equipo multidisciplinar, administración, ratios de personal… En cuanto al funcionamiento técnico, el decreto establece las funciones del personal, el plan de atención y el sistema de información que deben tener, entre otras cosas.
El Gobierno de Aragón está desarrollando aquellos apartados de la Ley de Servicios Sociales que quedaron paralizados en la anterior legislatura. Así, por ejemplo, hace unos meses aprobó el Catálogo de Derechos y Deberes de los Usuarios de los Servicios Sociales en Aragón.