title.site title.site

Sábado, 23 de noviembre de 2024

Consumo

La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios detecta deficiencias en el 17% de las actuaciones llevadas a cabo por empresas funerarias

El Gobierno de Aragón ha inspeccionado 53 empresas dedicadas a este negocio

Las principales deficiencias se refieren a que muchas de ellas no exhiben sus precios o que no disponen de hojas de reclamaciones

Aproximadamente el 17% de las actuaciones llevadas a cabo por empresas de servicios funerarios presentan algún tipo de deficiencias relacionadas con los derechos del consumidor. Esta es una de las conclusiones de la campaña de control que ha llevado a cabo la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios del Gobierno de Aragón en este tipo de negocios.

El director general de esta área, Pablo Martínez, explica que se han llevado a cabo inspecciones en un total de 53 empresas de Aragón y que el 16.78% de las actuaciones llevadas a cabo por estas presentaba alguna deficiencia en materia de consumo.

Martínez insiste en que en la prestación de estos servicios “confluyen una serie de hechos de singular relevancia” ya que, por una parte, dice, “los usuarios se encuentran con una carga emocional que les impide obrar en condiciones normales” y, por otra, “deben llevar a cabo una serie de gestiones que no es posible demorar”. Por ello, la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios decidió poner en marcha esta campaña de inspecciones.

Las deficiencias más habituales encontradas por los inspectores de Consumo en el apartado de derechos básicos se refieren, por ejemplo, a que el 73,50% de los establecimientos visitados no exhiben los precios de los servicios y el 35,85% no disponen de hojas de reclamaciones.

En el apartado de presupuestos, se constató que en el 98,11% de los casos se confecciona un presupuesto previo y en el 80,77% se identifica claramente al responsable del mismo. Las tarifas de los servicios se detallan convenientemente en el 88,46% en el caso de las referidas al transporte, porcentaje que asciende al 92,31% en las de los féretros.

El precio final, los impuestos y la forma de pago son aspectos que no aparecen debidamente reflejados en el 23,08% de los documentos inspeccionados.

El director general de Protección de Consumidores y Usuarios insiste en que “aunque se trata de situaciones en las que es difícil prestar atención, hay que tener en cuenta algunas recomendaciones”. Señala que es muy importante comparar precios y que las empresas están obligadas a exponer un cartel visible con toda la información relativa a sus tarifas, formas de pago y servicios ofertados. Además, añade, las consultas de los precios pueden hacerse llamando por teléfono a las funerarias. “Siempre que sea posible –añade Martínez- hay que pedir presupuestos por escrito y si es posible solicitar con tiempo un presupuesto detallado”.

Pablo Martínez recuerda que en ausencia de familiares del difunto o por falta de recursos económicos, los ayuntamientos pueden ofrecer servicios funerarios gratuitos.

En lo que se refiere a “la letra pequeña”, en el pago de los servicios funerarios se incluye el IVA, pero si engloba otros conceptos como suplidos (es decir, que los proporciona otra empresa), la funeraria no puede aplicar este impuesto.

El consumidor también debe recordar que no está obligado a pactar todos los servicios con una misma funeraria aunque, en esos momentos delicados, suele resultar más cómodo. Incluso si el fallecido cuenta con un seguro de decesos, los familiares pueden optar por otra empresa de pompas fúnebres diferente a la que tenga ya concertada la aseguradora.

“Lo mejor en estos casos es, si procede, reunirse con el resto de familiares y decidir, tras haber estudiado con calma todas las posibilidades, cuál es la empresa que mejor se adapta a sus necesidades y condiciones económicas. Hablar con una persona que no esté afectada de manera directa por esta muerte puede ayudar a ver todo de una forma más objetiva. Una decisión acertada puede reducir el cuantioso gasto que supone el sepelio”, asegura Pablo Martínez.

“Tácticas agresivas”

Alerta, eso sí, sobre ciertas “tácticas agresivas” y advierte a los consumidores de que “no se dejen llevar por los ofrecimientos que los comerciales de las empresas funerarias les hagan en el hospital en el mismo momento de la muerte de su ser querido. Podría darse que llegue a acordar servicios de forma impulsiva, aunque no sea lo que necesita o desea”.

Por otra parte, recuerda que hay que exigir que los servicios que se ofrecen cumplan las obligatorias medidas sanitarias y que el trato del personal de esa funeraria sea en todo momento adecuado y respetuoso, tal y como requiere el momento.

Si se opta por enterrar al difunto, hay que informarse bien del límite temporal de los alquileres de nichos y sepulturas en el caso de que, transcurrido el plazo, sea preciso abonar otra cantidad para que los restos de su familiar se sigan conservando en ese lugar. Asimismo, hay que recordar que cuando se trata de una muerte no natural las autopsias no tienen coste alguno.

La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios también quiere hacer algunas recomendaciones sobre los seguros de deceso. Si se tiene contratado un seguro de esa modalidad, conviene revisar que los servicios se prestan de acuerdo a las coberturas previamente contratadas. Asimismo, se puede solicitar una consulta al Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento que, aunque se trata de un trámite posterior, es posible que el fallecido tuviera un seguro de vida en el que se estableciesen cuantías para el sepelio que pueden reclamarse también con posterioridad.