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Viernes, 22 de noviembre de 2024

El Gobierno de Aragón aprueba el plan de mejora de calidad del aire de Alcañiz

El plan ha sido elaborado de forma coordinada entre los departamentos de Medio Ambiente y de Salud y Consumo con el Ayuntamiento de Alcañiz, y saldrá publicado en el Boletín Oficial de Aragón mañana

El documento fue aprobado en el último Consejo de Gobierno, y entre las medidas previstas, destaca el traslado fuera del casco urbano de la empresa SYCA

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicará mañana viernes el ¿Plan de mejora de la calidad del aire en relación con los niveles de inmisión de partículas en suspensión en el municipio de Alcañiz¿. El documento, aprobado en el último Consejo de Gobierno, ha sido elaborado de forma coordinada entre el Gobierno de Aragón ¿a través de los departamentos de Medio Ambiente y de Salud y Consumo- y el Ayuntamiento de Alcañiz.

El plan ha sido sometido a un amplio proceso de información y participación pública previo a su aprobación. El borrador fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel en mayo de 2008, mediante anuncio conjunto del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Alcañiz. También fue enviada la documentación a SYCA, Asociación de Vecinos de la Margen Izquierda del Río Guadalope (AVEMI), Comarca del Bajo Aragón, Cámara de Comercio e Industria, asociaciones de comerciantes y grupos ecologistas.

El objetivo del plan es establecer las actuaciones de vigilancia y control de la calidad del aire relacionada con las partículas en suspensión, y las medidas correctoras necesarias para su mejora, en el ámbito geográfico del barrio de Capuchinos del municipio de Alcañiz. Con ello, se pretende que los niveles de partículas en suspensión con diámetro aerodinámico menor de 10 µm (PM10) cumplan con los límites que establece la normativa vigente en materia de calidad del aire.

El plazo previsto para cumplir con los objetivos de calidad del aire que marca la normativa vigente se ha fijado en diciembre de 2009. El plan es un amplio documento que incluye un diagnóstico de situación, actuaciones de mejora (incluyendo medidas de control, estudios, mediciones y medidas correctoras), coordinación entre las administraciones públicas competentes y medidas de información y proceso de participación pública. También incorpora varios anexos, con toda la información sobre los resultados de las medidas de inmisión de partículas en suspensión (PM10) realizadas en el barrio de Capuchinos, repercusiones sanitarias en la emisión de partículas en suspensión (PM10) sobre la población y otros informes técnicos.

Según los datos obtenidos sobre inmisión de partículas en suspensión desde septiembre de 2006 hasta junio de 2008, se han superado en 136 ocasiones el valor límite diario de PM10, fijado en de 50 µg/m3. En concreto, durante el año 2007, se superó en 91 ocasiones. Según indica el Real Decreto 1073/2002, este valor no podrá superarse en más de 35 ocasiones por año. Al ser superado ampliamente en 2007, es obligado elaborar un plan de mejora de calidad del aire que permita corregir esta situación. Las actuaciones aprobadas por el Gobierno de Aragón se enmarcan, además, en el cumplimiento de la nueva Ley 34/2007de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, que entró en vigor el 17 de noviembre de 2007.

Por otra parte, el Departamento de Salud y Consumo ha elaborado un informe sobre el estado de salud del municipio de Alcañiz. Este estudio se ha realizado durante 2008, respondiendo a una solicitud de la Asociación de Vecinos de la Margen Izquierda del Río Guadalope de Alcañiz (AVEMI) y del propio Ayuntamiento.

El Departamento de Salud y Consumo también ha dispuesto de la información del Departamento de Medio Ambiente sobre la superación de los límites diarios de PM10. Este estudio descriptivo, si bien no permite establecer una relación causal entre la contaminación del aire y sus posibles efectos sobre la salud, sí refleja datos que muestran desviaciones estadísticas con respecto a las referencias analizadas.

En el ámbito territorial objeto de este plan, destaca la presencia de la empresa SYCA (Comercial Sílices y Caolines de Aragón, S.L.). Se trata de una empresa minera ubicada en el Cabezo de Capuchinos desde 1958, y que dispone de licencia de actividad del Ayuntamiento de Alcañiz otorgada en el año 1970.

Los terrenos ocupados por esta instalación están clasificados como suelo urbanizable no programado ya desde 1977, y los de su entorno inmediato, como suelo urbano residencial. En consecuencia, se producen molestias para los vecinos del barrio de Capuchinos, que ha experimentado un importante crecimiento poblacional desde los años 90. En concreto, pese al cumplimiento por parte de la empresa de los requisitos legales relativos a la emisión de partículas en suspensión por sus focos emisores, la propia presencia de la actividad y en particular la existencia de acopios de materiales, es una de las principales causas que alteran la calidad del aire en la zona, si bien también existen otras fuentes de emisión ajenas a la actividad de la fábrica (obras, paso de camiones, cantera de piedra en explotación pegada a la fábrica, partículas emitidas por el tráfico, etc.). Todo ello ha dado lugar a una preocupación vecinal por los niveles de inmisión de partículas en el aire, preocupación que se ha visto acrecentada a medida que se han edificado nuevas viviendas en la zona.

Por todo lo anterior, el Ayuntamiento de Alcañiz realizó diversas mediciones durante los años 2002 y 2003 a través del laboratorio de la Diputación de Teruel, y solicitó años después al Gobierno de Aragón disponer de un equipo de medición para las partículas PM10 en el Barrio de Capuchinos, cuyos resultados han sido analizados por el Instituto de Salud Carlos III desde septiembre de 2006.

En estos últimos años, tanto el Departamento de Medio Ambiente como el Ayuntamiento de Alcañiz han realizado intensos trabajos de inspección, control y seguimiento de la empresa SYCA. Entre estas actuaciones, figuran el control de los datos procedentes de las diversas redes de inmisión de contaminantes, control de las emisiones, justificantes de entrega de los residuos peligrosos generados

Durante este tiempo, la empresa ha establecido diversas medidas correctoras, como la puesta en funcionamiento de un filtro de mangas previo a la chimenea, asfaltado y hormigonado de los viales dentro de la instalación, riego de caminos y zonas de acopio de material, instalación de cubiertas para evitar la dispersión de polvo, vallado perimetral con malla captadora de polvo del recinto, instalación de lamas de caucho para cerrar algunos de los silos y colocación de pulverizadores de agua a cinco metros de altura para crear cortinas de captación de polvo.

Para establecer nuevas medidas correctoras, era indispensable conocer la contribución de las distintas fuentes de partículas en los niveles de calidad del aire, y en particular valorar la aportación de la actividad de SYCA y su importancia con respecto a otras fuentes de emisión. Para ello, se encargó al Instituto Jaume Almera del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), un estudio de caracterización del material obtenido en el analizador de partículas, para intentar conocer las fuentes de las que proceden dichas partículas. Las conclusiones de este estudio indican que la composición del material está muy influenciada por el polvo emitido en las actividades industriales de la fábrica Comercial Sílices y Caolines de Aragón, S.L., fundamentalmente por la resuspensión de los acopios de caolín.

De hecho, la información obtenida y su relación con los datos existentes en otras estaciones próximas, permite predecir que en el momento en que se produzca el traslado de la empresa a una ubicación en un lugar adecuado, se cumplirán los niveles de calidad del aire que establece la normativa vigente.

El plan incorpora, por una parte, actuaciones que permitirán continuar con los trabajos de control, inspección y análisis (incluidos análisis de inmisiones, estudios meteorológicos, indicadores de salud¿), y por otra, medidas correctoras en diversas áreas.

Sin perjuicio de las competencias municipales sobre la industria, que cuenta con licencia de actividad clasificada y puede ser en cualquier momento inspeccionada por el Ayuntamiento de Alcañiz, se continuarán realizando las actuaciones de inspección y control habituales sobre la empresa SYCA que realiza el Departamento de Medio Ambiente, reforzándose la actuación inspectora y llevando a cabo cuantas visitas de inspección sean necesarias para comprobar la implantación y la eficacia de las nuevas medidas correctoras por parte de la empresa.

Entre las medidas correctoras, destaca el traslado de la empresa SYCA a otro emplazamiento fuera del casco urbano. El responsable de esta actuación será el Ayuntamiento de Alcañiz, en virtud de sus competencias. En este sentido, cabe recordar que en 2005, SYCA ya presentó al Ayuntamiento un presupuesto de traslado y un borrador de convenio urbanístico. Su Comisión de Urbanismo, aprobó en enero de 2006, por unanimidad de todos los grupos, ¿el estudio del traslado a otro emplazamiento por las graves molestias que se causan a los ciudadanos del entorno y al medio¿ y mostró la ¿voluntad municipal de que SYCA se traslade de su ubicación actual debido a los perjuicios que causa a los vecinos del entorno más próximo, tratándose de un uso industrial incompatible con las previsiones del Plan General¿.

Dada la voluntad de la empresa SYCA y la Corporación en proceder al traslado de la misma fuera del casco urbano, y existiendo alternativas, el Ayuntamiento de Alcañiz arbitrará los mecanismos necesarios, en el ámbito de sus competencias urbanísticas para proceder al mismo, garantizando la permanencia de la actividad de la empresa y evitando la pérdida de puestos de trabajo. Con esta medida, se prevén alcanzar los objetivos de calidad del aire previstos en el plan.

En tanto no se adopten las medidas para el traslado, que supondrá una solución definitiva al problema, es necesario realizar otras medidas destinadas a mejorar la calidad del aire durante esta etapa transitoria, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente en materia urbanística y medioambiental.

En primer lugar, se establece la necesidad de que el Ayuntamiento de Alcañiz restrinja la urbanización y edificación en la zona afectada, que será definida por el Ayuntamiento en círculos concéntricos alrededor de los focos emisores. Ya en 2003, el Justicia de Aragón sugirió al consistorio ¿evaluar los inconvenientes de una urbanización inmediata, anticiparse a los problemas que esta actuación generará en el futuro e intentar resolverlos satisfactoriamente antes de que se produzcan.¿

También se incluye una medida ya realizada por el Ayuntamiento, el asfaltado del camino perimetral que atraviesa el cabezo Capuchinos, así como la prohibición de paso de vehículos por un vial privado sin asfaltar que une el camino de la Estanca con el camino perimetral del Cabezo Capuchinos.

Para una adecuada coordinación de la ejecución del plan, se crea una comisión de seguimiento y asesoramiento, que presidirá un representante del Ayuntamiento de Alcañiz, y que estará formada por miembros designados por el Gobierno de Aragón (departamentos de Medio Ambiente; Salud y Consumo; Obras Públicas, Urbanismo y Transportes e Industria, Comercio y Turismo), Comarca del Bajo Aragón, asociaciones empresariales, organizaciones sindicales y asociaciones de vecinos.