title.site title.site

Jueves, 28 de marzo de 2024

Relaciones Institucionales

Autorización a los Servicios Jurídicos a ejercer acciones ante la falta de remisión de información por parte del Ayuntamiento de Zaragoza

Los requerimientos se refieren a ocho expedientes que incluyen contratos de servicios, obras, suministros y una subvención

El Consejo de Gobierno ha dado autorización este miércoles a la Dirección General de Servicios Jurídicos del Ejecutivo autonómico a que ejerza acciones para que el Ayuntamiento de Zaragoza cumpla con su deber de remisión de información al Ejecutivo autonómico respecto a ocho expedientes que incluyen contratos de servicios, obras, suministros y una subvención.

Hay que recordar que la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón ostenta la competencia para la tutela económico-financiera de las entidades locales y está en la obligación de supervisar la actuación de las entidades en este sentido. Las peticiones de remisión de información desde Administración Local son habituales, al igual que su cumplimiento.

La primera de estas autorizaciones surge de la publicación el 14 de julio de 2022 del informe de fiscalización emitido por la Cámara de Cuentas de Aragón sobre la contratación del Consistorio zaragozano en el ejercicio 2020. En ese documento, la Dirección General de Administración Local tuvo noticia de actuaciones del Consistorio zaragozano que se remontaban en algunos casos a agosto de 2017. En concreto, cuatro resoluciones con 'órdenes de continuidad', por las que se prorrogaba la duración de contratos cuyo plazo de ejecución había finalizado, y de las que la Dirección General no tenía constancia.

Se trata del contrato de 'Control y calidad de los servicios de mantenimiento, limpieza, eficiencia energética y actividades de conservación de los equipamientos municipales'; el contrato de 'Servicios de aceleración tecnológica del CIEM Zaragoza'; el contrato de 'Conservación y mantenimiento de parques y zonas verdes (sector I)', y el contrato de 'Conservación y mantenimiento de parques y zonas verdes (sector II).

En esa tesitura, Administración Local solicitó en el mes de septiembre al Ayuntamiento de Zaragoza que remitiera una copia de las resoluciones adoptadas por la Alcaldía o por sus órganos delegados. Ante la falta de respuesta, se recordó al Ayuntamiento su deber de remitir esta información. A esta fecha, el Consistorio aún no ha remitido la información a la que está obligado por la Ley de Bases de Régimen Local y la Ley de Administración Local de Aragón.

Mientras, otra autorización hace referencia a los tres expedientes distintos, de los que la Dirección General de Administración Local también fue consciente al publicarse el informe de fiscalización sobre los contratos del Ayuntamiento en 2020. El primero afecta a las obras de mejora de conservación en los colegios públicos mediante declaración de emergencia por un importe de 1.062.779 euros, adoptado el 12 de julio de 2019. El segundo, a la contratación de emergencia el suministro de fundas para chalecos multiagresión para la Policía Local por un importe de 135.280 euros. Y, el tercero, a una subvención para la instalación de toldos en la Galería Comercial Delicias de la capital aragonesa.

En septiembre y en noviembre se requirió la documentación al Consistorio, sin que se obtuviera respuesta.

Finalmente, la tercera y última autorización a los Servicios Jurídicos se refiere a una licencia de demolición de quioscos y anejos en el Paseo de San Sebastián de Zaragoza, ubicado en el Parque Grande José Antonio Labordeta. La Dirección General de Administración Local requirió el pasado mes de octubre al Ayuntamiento para que remitiera una copia certificada del expediente tramitado, de forma que se pudiera comprobar la efectividad de la aplicación de la legislación autonómica en materia de urbanismo.

Un requerimiento en el que se insistió en noviembre y que a fecha de hoy sigue sin estar cumplido, lo que ha llevado al Consejo de Gobierno a autorizar que la Dirección General de Servicios Jurídicos emprenda las acciones precisas para lograr que el Ayuntamiento cumpla con su deber.

En cumplimiento de la Ley de Administración Local de Aragón

El artículo 145 de la Ley de Administración Local de Aragón, titulado ‘Obligación de remisión de información’, obliga a las entidades locales a “remitir al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, en la forma y los plazos determinados reglamentariamente, una copia literal o, en su caso, un extracto adecuado y suficiente de sus actos y acuerdos”. En su artículo segundo, indica que la DGA “podrá solicitar a los entes locales ampliación de la información que deberá remitirse en el plazo máximo de veinte días hábiles”.

Finalmente, el artículo tercero indica que la “Administración de la Comunidad Autónoma podrá, además, recabar en el ámbito de sus competencias y obtener información concreta sobre la actividad de las entidades locales, a fin de comprobar la efectividad de la aplicación de la legislación autonómica, pudiendo solicitar incluso la emisión de informes, la exhibición de expedientes y la remisión de copias certificadas de los mismos”.