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Viernes, 22 de noviembre de 2024

El Consejo Aragonés de la Discapacidad inicia su andadura como foro de intercambio de demandas sociales y de fomento de la autonomía personal

El consejero de Servicios Sociales y Familia ha presidido el acto de constitución de este órgano colegiado de carácter consultivo

En el consejo están representados el Gobierno de Aragón, las entidades más representativas de los diferentes tipos de discapacidad, las organizaciones empresariales y sindicales y la Universidad de Zaragoza

El consejero de Servicios Sociales y Familia, Miguel Ferrer, ha presidido hoy el acto de constitución del Consejo Aragonés de la Discapacidad, un órgano que inicia su andadura con el objetivo de convertirse en un foro de intercambio y comunicación entre los organismos públicos y la sociedad aragonesa que permita conocer las demandas de las personas con discapacidad y anticipar respuestas. El Consejo Aragonés de la Discapacidad, que tiene carácter consultivo, coordinará y desarrollará la política integral de atención a las personas con discapacidad y la promoción de su autonomía personal.

Este órgano está presidido por el consejero de Servicios Sociales y Familia. La vicepresidencia primera la ocupa la directora general de Atención a la Dependencia del Gobierno de Aragón, Teresa Perales, y la segunda, el director gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), Javier Callau. Además el Consejo Aragonés de la Discapacidad cuenta con 21 vocales que representan al Gobierno de Aragón (diez), a las asociaciones de ámbito aragonés que agrupan a las organizaciones más representativas de los diferentes tipos de discapacidad (seis), a las organizaciones empresariales (dos) y sindicales (dos) más representativas y a la Universidad de Zaragoza.

La creación de este órgano viene determinada por el nuevo enfoque que se aplica a la discapacidad y bajo la premisa de garantizar la eficacia de las actuaciones de este órgano, siempre inspiradas en los principios de la autonomía personal, vida independiente, normalización, accesibilidad universal, diálogo civil y transversalidad de las políticas sobre discapacidad.

Objetivos y funciones

Entre sus objetivos figura el fomentar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Así mismo, se encargará de promover los principios y líneas básicas de la política integral de atención a las personas con discapacidad y la promoción de la autonomía personal para lo que se aplicará el principio de transversalidad para que en la acción política se tengan en cuenta las necesidades y demandas de las personas con discapacidad.

Otro de los objetivos es impulsar mejoras sociales, económicas y legislativas a favor de las personas con discapacidad, hacer un seguimiento de la incidencia que las políticas públicas ejercen sobre las personas con discapacidad y sus familias, al tiempo que estimular la investigación y conocimiento de la realidad socio-económica de las personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma.

Según recoge el decreto, las funciones de este Órgano son:

-actuar como órgano permanente de recogida y análisis de la información disponible sobre políticas públicas del ámbito de la discapacidad.

-impulsar el desarrollo de programas europeos sobre discapacidad.

-emitir dictámenes sobre proyectos normativos y especialmente los relacionados con el desarrollo de la normativa de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.

-mantener relaciones con los organismos internacionales, nacionales, autonómicos y locales que tengan encomendadas funciones de promoción apoyo y estudio de la discapacidad con la creación de un sistema de documentación de acceso público.

-difundir informes, documentos y normas técnicas junto a experiencias innovadoras entre los diferentes agentes que intervienen en Aragón en el ámbito de la discapacidad.

El Consejo Aragonés de la Discapacidad funcionará en Pleno y en Comisión Permanente. El Pleno celebrará dos sesiones ordinarias anuales y todos sus miembros tendrán derecho al voto, excepto el secretario, y sus acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta. Además, el Pleno podrá acordar la creación de grupos de trabajo específicos para el estudio de aspectos que susciten un especial interés.

La Comisión Permanente impulsará las propuestas de actuación acordadas en Pleno. Estará presidida por la vicepresidencia primera y ocho vocales del Pleno (4 por las administraciones públicas y otros 4 por las asociaciones y organizaciones). Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple.