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Nuevo decreto para regular el procedimiento para las ayudas individualizadas de transporte y comedor escolar
Estas ayudas las reciben aquellos alumnos que no pueden ir en una ruta ordinaria o que sus centros no ofrecen servicio de comedor
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el procedimiento porque que se regula la concesión de ayudas individualizadas de transporte y comedor escolar y de concesión de ayudas complementarias de educación especial.
La realidad geográfica de Aragón, su dispersión poblacional y la inexistencia de centros sostenidos con fondos públicos en todas las pequeñas localidades tiene como consecuencia que algunos alumnos deban escolarizarse fuera de sus localidades de residencia o, incluso, en comunidades autónomas limítrofes. Esta situación da a estos alumnos derecho a transporte y comedor –en las etapas en las que este servicio está incluido en el periodo lectivo-.
Además, en ocasiones, los alumnos con derecho a transporte no disponen de una ruta escolar para desplazarse al centro de destino. La Administración debe velar por los derechos del alumnado, para que no se vean perjudicados. Y, por ello, concede ayudas que cubren los gastos de comedor y transporte escolar que las familias asumen en este tipo de situaciones. En concreto, se regulan tres tipos de ayuda:
Las ayudas individualizadas de transporte escolar son las concedidas por el Gobierno de Aragón a los alumnos escolarizados en centros públicos que tengan derecho a recibir prestaciones de transporte de forma gratuita, pero que no cuentan en su localidad con ruta organizada.
Las ayudas individualizadas de comedor escolar son las que se dan a los alumnos con derecho a estas prestaciones cuando no resulte posible la prestación de servicio de comedor en el propio centro.
Las ayudas complementarias de educción especial son las que reciben los alumnos matriculados en centros de educación especial sostenidos con fondos públicos que necesiten transporte y comedor y no hayan obtenido plaza en el centro elegido en primera opción o que hayan sido derivados a centros de educación especial de comunidades limítrofes.
Las cuantías de ayudas de comedor se determinan tomando el precio del servicio. En el caso de las de transporte, el beneficiario tendrá dos modalidades: si la familia utiliza medios propios para transportar al alumno, recibirá una ayuda que se abonará tomando como referencia la distancia entre la localidad de residencia y la del centro educativo. En otros casos, podrá abonarse el precio de billete de un transporte regular.
Anualmente, el Departamento de Educación publicará una resolución con las fechas y plazos para que los interesados soliciten estas ayudas.