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Lunes, 25 de noviembre de 2024

Protección Civil y Emergencias

Bonificaciones fiscales del Gobierno de Aragón

Para completar la respuesta del Gobierno de Aragón ante esta situación de emergencia, el Consejo de Gobierno ha aprobado un proyecto de Ley de medidas tributarias urgentes que contribuyan a aliviar la situación económica de los vecinos y empresas afectadas.   En concreto, el Ejecutivo autónomo ha dispuesto un ambicioso paquete de beneficios fiscales en los impuestos en los que tiene competencia normativa la Comunidad Autónoma: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), Actos Jurídicos Documentados (AJD) e Impuesto de Sucesiones y Donaciones.   Exención de las ayudas en el IRPF autonómico   Las ayudas públicas recibidas para compensar los daños de las inundaciones estarán exentas de tributación en el tramo autonómico del IRPF. Para ello, el Gobierno de Aragón aplicará una deducción del cien por cien en la cuota íntegra autonómica de este impuesto a todos los contribuyentes que hayan recibido indemnizaciones por la riada extraordinaria del Ebro. Cabe recordar que el Gobierno de España también ha establecido deducciones de este tipo para el tramo estatal del IRPF.   Reducción al 1% para transmisiones patrimoniales en viviendas   Durante el ejercicio 2015 se reduce al 1% el tipo de gravamen del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) para las operaciones de compraventa realizadas en las localidades afectadas por las inundaciones, en los casos en los que el inmueble haya sufrido una destrucción total o parcial, y siempre y cuando su valor real no supere los 200.000 euros.   Reducción al 0,4% para transmisiones patrimoniales de vehículos   La reducción afectará a vehículos destinados al reemplazo de otros que como consecuencias de los daños producidos por las inundaciones se hubieran dado de baja definitiva en el registro correspondiente de la Jefatura de Tráfico   Reducción al 0,1% en Actos Jurídicos Documentados   Igualmente, se reduce al 0,1% el tipo de gravamen para los documentos notariales que tributan en el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, es decir, para las escrituras públicas de créditos hipotecarios de viviendas afectadas por las inundaciones. También en este caso se fija el límite de 200.000 euros para el valor real del inmueble.   Bonificación del 100% en Sucesiones y Donaciones   En 2015 también se eximirá del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en los casos de inmuebles dañados por la riada extraordinaria. Para ello, el Gobierno de Aragón aplicará una bonificación del 100% en la base imponible del impuesto, siempre que la reducción no supere los 250.000 euros, y el patrimonio previo del contribuyente no exceda los 402.678,11 euros.