Hacienda
El Gobierno de Aragón aprueba un Decreto-Ley sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto
El acuerdo permitirá tramitar anticipadamente expedientes cuya financiación dependa de transferencias externas
El Gobierno de Aragón podrá tramitar con carácter anticipado expedientes de gasto con financiación externa después de que esta mañana el Consejo de Gobierno aprobara un Decreto-Ley que posibilitará que los diferentes departamentos de la Administración autonómica puedan tramitar expedientes de manera anticipada aun cuando su ejecución se realice en el mismo ejercicio presupuestario y los gastos se imputen a dicho periodo. En la actualidad, muchas de las actuaciones que debe poner en marcha el Ejecutivo dependen de la efectiva transferencia de recursos externos, fundamentalmente de la Administración General del Estado. El Decreto aprobado hoy permite adelantar la tramitación del expediente hasta llegar a la fase resolutoria o de compromiso de gasto, en la que se exigirá la efectiva transferencia de dichos fondos.
Con frecuencia, la tardanza en recibir los fondos externos hace que resulte materialmente imposible tramitar por completo, dentro del correspondiente ejercicio presupuestario, los expedientes administrativos cuya financiación provenga de recursos externos, cuando dichos ingresos se consolidan bien entrado el año, o al final del mismo. Esperar su posterior contabilización hace que el periodo de tramitación de los expedientes de gasto quede reducido a un plazo muy limitado que, en la mayor parte de los casos, determina serias dificultades para su ejecución y, en alguno, su imposibilidad material y pérdida de los recursos afectados.
Esta situación se ha visto agravada este año por el retraso en la tramitación de los Presupuestos Generales del Estado, de cuya aprobación depende la disponibilidad de un buen número de los recursos que debe percibir la Comunidad Autónoma de Aragón.
En estas circunstancias, la tramitación anticipada resulta indispensable en cualquier actuación dependiente de transferencias o fondos provenientes del exterior, especialmente en materia de contratación, pero también en otro tipo de expedientes, como los relativos al otorgamiento de ayudas o subvenciones. Resulta por ello necesario modificar el marco normativo aplicable en la Comunidad Autónoma de Aragón incluyendo esta posibilidad en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.