Se aprueba el Decreto del Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO)
La promulgación de nuevas normas, así como los avances en los medios técnicos de extinción han aconsejado su actualización ya que databa de 1995
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO). De esta manera se actualiza el anterior Plan que fue aprobado por el Gobierno de Aragón en el año 1995, y que quedará derogado con la entrada en vigor de éste al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA). La promulgación de importantes leyes como la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón, la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, y sobre todo la Ley Orgánica 5/2007,de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, así como la evolución y avance tanto de los medios técnicos como de las técnicas de extinción han aconsejado la elaboración de este nuevo Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO). Además, de su adaptación a estas nuevas leyes, se ha introducido el ámbito comarcal en su redacción y se han definido responsabilidades en función de los niveles de gravedad del Plan. Asimismo, se han actualizado denominaciones de organismos administrativos, se han eliminado conceptos anticuados y se han renovado datos estadísticos. También se ha contemplado a las agrupaciones de voluntarios de Protección Civil y se ha recogido la creación de la Unidad Militar de Emergencias, su activación y participación. Asimismo, se ha incluído al Centro de Emergencias 112 SOS Aragón que no existía como tal en 1995 , se ha hecho una catalogación de medios y recursos actual y se han introducido los acuerdos de ayuda mutua entre las comunidades con las que se mantiene colaboración como Castilla La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia o las Islas Baleares El Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales tiene por objeto concretar los mecanismos para una adecuada organización, coordinación e integración de los medios y recursos cuya titularidad corresponde al Gobierno de Aragón y la de aquellos que le puedan ser asignados por la Administración General del Estado y por otras entidades, públicas o privadas, con la finalidad de hacer frente a las emergencias derivadas de incendios forestales en la Comunidad Autónoma, así como el procedimiento de actuación ante dichos incendios. Sus funciones básicas son: a) Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención en las emergencias producidas por los incendios forestales que se produzcan en la Comunidad Autónoma de Aragón. b) Prever los mecanismos y procedimientos de coordinación con el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, para garantizar su adecuada integración. c) Establecer los sistemas de articulación con las organizaciones de las Administraciones locales de su ámbito territorial. d) Zonificar el territorio en función del riesgo y las previsibles consecuencias de los incendios forestales, delimitar áreas según posibles requerimientos de intervención y despliegue de medios y recursos. e) Establecer las épocas de peligro, relacionadas con el riesgo de incendios forestales, en función de las previsiones generales y de los diferentes parámetros locales que definen el riesgo. f) Prever sistemas organizativos para el encuadramiento de personal voluntario y colaborador. g) Especificar los procedimientos de información a la población. h) Catalogar los medios y recursos específicos a disposición de las actuaciones previstas. El Plan incluye información territorial como el medio físico o las condiciones climáticas, o la vegetación, así como factores socieconómicos como la población existente o las infraestructuras. Realiza un análisis del riesgo existente, frecuencia y gravedad de los incendios, , valora la accesibilidad y capacidad de regeneración de las áreas, la dificultad de extinción o de acceso al agua, zonifica el territorio, establece las épocas de peligro ( alto, medio, bajo), clasifica los incendios según su gravedad ( nivel 0, 1, 2 (A,B), 3 ) y delimita las actuaciones básicas. Contempla para cada nivel de gravedad: la estructura y organización del propio Plan, las funcionalidades y operatividad así como los medios y recursos que se deben utilizar.