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Viernes, 22 de noviembre de 2024

El Gobierno de Aragón crea el Consejo Aragonés de Servicios Sociales

Con la aprobación de su reglamento, se pone en marcha el primer órgano consultivo en materia de servicios sociales en Aragón

El Gobierno de Aragón ha aprobado el Reglamento del Consejo Aragonés de Servicios Sociales, un órgano consultivo en materia de Servicios Sociales. La Ley de Servicios Sociales, entre sus principios rectores incluye el de participación ciudadana y el Reglamento viene a constituir una fórmula de participación orgánica, de manera que los representantes de la sociedad civil se incorporan a la estructura administrativa con funciones consultivas. En concreto, el Consejo Aragonés de Servicios Sociales es el órgano máximo de participación ciudadana, social e institucional en esta materia y además garantiza dicha participación en el Sistema Público de Servicios Sociales.

Entre las funciones del Consejo se encuentran las de consulta o participación en la adopción de decisiones públicas y las de control o seguimiento de la gestión realizada por los poderes públicos. Dichas funciones se concretarán en: emitir un informe preceptivo previo sobre los anteproyectos de ley en materia de servicios sociales, los instrumentos de planificación estratégica, sectorial o territorial y sobre el Catálogo de Servicios Sociales; emitir los dictámenes solicitados por el Departamento de Servicios Sociales y Familia; conocer el proyecto de presupuestos de la Comunidad Autónoma en materia de Servicios Sociales o emitir un informe anual sobre el estado de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Aragón, entre otras.

En Consejo Aragonés de Servicios Sociales está dotado con la siguiente estructura: presidencia, vicepresidencia, pleno, comisión permanente, comisiones sectoriales y una secretaría. En el Consejo tendrán presencia las organizaciones sindicales y empresariales, los colegios profesionales, las personas usuarias de los servicios sociales y las entidades de la iniciativa social. El Pleno se reunirá dos veces al año y la Presidencia corresponderá a la persona titular del Departamento competente en materia de Servicios Sociales.