title.site title.site

Domingo, 24 de noviembre de 2024

El Gobierno de Aragón recurrirá ante el Tribunal Supremo el Plan de Gestión de las Cuencas Internas de Cataluña

Oposición a que cualquier propuesta de planificación hidrológica rompa la unidad de cuenca”

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un acuerdo por el que se autoriza a los letrados de la Dirección General de Servicios Jurídicos a interponer las acciones judiciales que resulten procedentes en defensa de los intereses de Aragón, frente al Real Decreto 1219/2011, por el que se aprueba el Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 22 de septiembre de 2011. El Consejo de Gobierno ha tomado también el acuerdo de “manifestar que el Gobierno de Aragón, en lo sucesivo, se dirigirá al Gobierno de la Nación para mostrar su oposición ante cualquier propuesta de planificación hidrológica que rompa el principio de unidad de cuenca, defendiendo siempre el respeto a dicho principio en la planificación concertada entre el Estado y las Comunidades Autónomas, así como el traspaso de las competencias ejecutivas a éstas últimas”. Como antecedentes más importante de este acuerdo hay que recordar que la Agencia Catalana del Agua (ACA) tramitó en su momento el procedimiento de elaboración del proyecto de decreto de la Generalitat de Cataluña de aprobación del Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña. En el trámite de este procedimiento se abrió un periodo de información pública, en el que se presentaron alegaciones por parte del Instituto Aragonés del Agua, que fueron desestimadas por la ACA en fecha 10 de septiembre de 2010. Posteriormente, con fecha 23 de noviembre de 2010, quedó aprobado el Decreto 188/2010, del Gobierno de la Generalitat de Cataluña, de aprobación del Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña. Simultáneamente, se aprobaba el Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Cataluña GOV/238/2010, de 23 de noviembre, por el que se daba el visto bueno al Programa de Medidas del Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña, que forma parte integrante, además, del Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña. Contra ambos instrumentos de aprobación, el Gobierno de Aragón interpuso sendos recursos contencioso-administrativos en enero de 2011.

Con fecha 5 de septiembre, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 1219/2011, por el que se aprobó el Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 22 de septiembre de 2011.

Mandato de las Cortes

Con este acuerdo de Consejo de Gobierno, el Gobierno de Aragón cumple con el mandato de las Cortes aragonesas adoptado el pasado 29 de septiembre.

Como se recordará,  las Cortes de Aragón aprobaron una proposición no de ley donde se acordó, entre otras medidas, instar al Gobierno de Aragón a que analizase la aprobación del Real Decreto 1219/2011, con el objeto de presentar el correspondiente recurso, en el caso de que mantuvieran las “extralimitaciones” que presentaba el documento aprobado por la Generalitat de Cataluña, y que ya fue recurrido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La misma proposición acordaba instar al Gobierno de Aragón a que se dirigiese al Gobierno de la Nación para mostrar su oposición ante cualquier propuesta de planificación hidrológica que rompiese el principio de unidad de cuenca; de esta forma se apostaba por este principio en la planificación concertada entre el Estado y las Comunidades Autónomas y el traspaso de las competencias ejecutivas a éstas últimas.

Fundamentos de Derecho

El Real Decreto 1219/2011, de 5 de septiembre, aprueba en su artículo 1 Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña y lo hace con el contenido inicial que incluían los anexos I y II del Decreto del Gobierno de la Generalitat de Cataluña que lo aprobó.

El Gobierno de Aragón considera, por tanto, que, según la Administración General del Estado el Plan cumple con las exigencias establecidas en la legislación de aguas, que no afecta a otras cuencas y que se acomoda a la planificación hidrológica.

Sea como fuere,  el Real Decreto 1219/2011, de 5 de septiembre, aprueba el Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña con el mismo contenido con que lo aprobó la Generalitat de Cataluña, cuyo decreto de aprobación ya fue recurrido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ante la jurisdicción contencioso-administrativa.