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Sábado, 23 de noviembre de 2024

Territorio y comarcas

Suárez informa al Consejo de Gobierno sobre las actuaciones seguidas en relación al decreto que establece las servidumbres del aeropuerto de Lérida

Se ha remitido a la Dirección General de los Servicios Jurídicos la documentación necesaria para la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1422/2012, de 5 de octubre.

El consejero de Política Territorial e Interior, Antonio Suárez, ha presentado un informe al Consejo de Gobierno sobre las actuaciones que se han llevado a cabo en relación al Real Decreto del Ministerio de Fomento que establece las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Lérida.

Esas actuaciones pretenden corregir varios artículos del Decreto que establecen:

-         Las servidumbres, a propuesta de la Generalitat de Cataluña, sin participación alguna de la Comunidad Autónoma de Aragón ni de los municipios afectados.

-         La ubicación de varios municipios aragoneses en la provincia de Lérida.

-         La necesidad de que la Generalitat de Cataluña emita informe preceptivo sobre los desarrollos urbanísticos de los municipios sujetos a las servidumbres del aeropuerto.

La Sección de Análisis y Coordinación Territorial, de la Dirección General de Ordenación del Territorio emitió un informe el 22 de noviembre que concluye indicando que la intervención de Cataluña, tanto en el procedimiento de aprobación y modificación del planeamiento urbanístico, como en la propuesta de servidumbres aeronáuticas en municipios que no son de su territorio, incumple el principio general de territorialidad de las competencias. Por ese motivo, la Comunidad Autónoma de Aragón planteó un “requerimiento previo a la interposición del recursos contencioso administrativo”. Tras informar a los Ayuntamientos afectados sobre esta cuestión, el Departamento de Política Territorial e Interior ha remitido a la Dirección General de los Servicios Jurídicos, con fecha 13 de diciembre, comunicación motivada, acompañada de la documentación necesaria al objeto de la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto, previa autorización del Gobierno de Aragón.