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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Justicia

La Comisión de Derecho Civil Aragonés se reúne para iniciar la nueva redacción de dos artículos del Código de Derecho Foral

Se trata de los artículos 535 y 536, en relación con la declaración judicial de herederos abintestato

La Comisión Aragonesa de Derecho Civil, un órgano consultivo que tiene por objeto asesorar al Gobierno de Aragón sobre conservación, modificación y desarrollo del Derecho Civil aragonés, se ha reunido esta tarde para iniciar los trabajos de redacción del anteproyecto de modificación de los artículos 535 y 536 del Código de Derecho Foral Aragonés, después de recibir la correspondiente encomienda por parte del propio Gobierno de Aragón, una vez acordada también en Consejo de Gobierno.

Esta Comisión no se reunió a lo largo de la anterior legislatura.

Enrique Giménez Allueva, director general de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario del Gobierno de Aragón, indicó que “la reunión de esta tarde no es una convocatoria puntal sino que queremos contar con la Comisión a lo largo de toda la legislatura, con reuniones periódicas y con continuidad para que hagan todo tipo de aportaciones. Queremos, en definitiva, que la Comisión tenga una vocación recurrente y lo más activa posible para trabajar en el ámbito de nuestro Derecho”.

La modificación de estos artículos viene forzada por el hecho de que el pasado 3 de julio se publicó la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, que ha introducido una importante novedad en materia de sucesión legal al dejar fuera del ámbito competencial de los Tribunales de Justicia la declaración de herederos abintestato a favor de parientes colaterales y del Estado.

En consecuencia,  la declaración judicial de herederos abintestato de los parientes colaterales va a ser sustituida por el acta de notoriedad de declaración de herederos abintestato autorizada por notario, y en el caso del Estado y de las Comunidades Autónomas, por una declaración en vía administrativa.

Hasta ahora los artículos 535 y 536 del Código de Derecho Foral Aragonés  aluden a la “previa declaración judicial”, suprimida ahora por normativa estatal, cambio legal que hace absolutamente imprescindible afrontar la correspondiente modificación.

El proyecto normativo ha sido asumido por la Dirección General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario a través del impulso de la tramitación urgente del oportuno proyecto de ley en los términos previstos por el artículo 37 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

Este proyecto será uno de los primeros que afronta la Dirección General de Relaciones Institucionales y Desarrollo Estatutario que tiene como uno de sus objetivos prioritarios proteger, divulgar y fomentar el derecho propio aragonés tanto en su vertiente pública como privada.

La Comisión Aragonesa de Derecho Civil la preside el catedrático de Derecho Civil Jesús Delgado Echevarría y la completan José Luis Batalla Carilla (registrador), Adolfo Calatayud (notario), Jesé García Almanzor (registrador), Javier Sancho-Arroyo y López Rioboo (abogado), David Arbués (abogado), María Angeles Parra (catedrática de Derecho Civil), José Manuel Enciso Sánchez (notario), Rafael Santacruz (abogado del estado) y José Antonio Serrano García (profesor titular de Derecho Civil), que hace las veces de secretario de la Comisión.