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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Justicia

Los forenses del IMLA podrán emitir informes particulares sobre daños y perjuicios en accidentes de circulación

Las reformas legales abren esta posibilidad, que se concreta en una Orden del Gobierno de Aragón

Los médicos forenses que prestan sus servicios en el Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA), al igual que los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de otras comunidades autónomas, podrán realizar, además de sus labores habituales, las de emitir informes y dictámenes a solicitud de los particulares, según una orden rubricada por el consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, Vicente Guillén.

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Esta posibilidad se recoge en la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, donde se contempla una nueva regulación a una vía extrajudicial de resolución de conflictos entre los perjudicados y las entidades aseguradoras.

Según explica la directora general de Justicia e Interior, Mª Angeles Júlvez León, “esta reforma prevé la posibilidad de que las partes, perjudicados y entidades aseguradoras, puedan beneficiarse de la calidad, experiencia e imparcialidad pericial que aportan los médicos forenses, como especialistas reconocidos en nuestro sistema judicial y permite su posible participación a través de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses cuando, bien de mutuo acuerdo, bien por solicitud del interesado, se considere oportuna la intervención”.

Por otra parte, una Real Decreto precisa las cuestiones relativas al procedimiento de solicitud, emisión, plazo y remisión de entrega del informe emitido por el Instituto de Medicina Legal correspondiente.

Por otra parte, la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de Aragón, en su artículo 25, permite fijar contraprestaciones pecuniarias por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho Público cuando se prestan estos servicios o actividades por el sector privado y sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

Son sujetos obligados al pago de los precios públicos las entidades aseguradoras que soliciten los correspondientes informes periciales al IMLA para la resolución de conflictos, por vía extrajudicial, entre ellas por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

Las cuantías de los precios públicos serán las siguientes:  Lesiones sin ingreso hospitalario: 80 euros: lesiones con ingreso hospitalario igual o inferior a 72 horas: 150 euros; lesiones con ingreso hospitalario superior a 72 horas: 350 euros; y lesiones de especial complejidad por su duración o evolución inadecuada, que, previa valoración razonada, se declaren equiparables a las lesiones de ingreso hospitalario mayor de 72 horas: 350 euros.

Una vez emitido el informe correspondiente, la Dirección General de Justicia e Interior girará y notificará la correspondiente liquidación a la entidad aseguradora que haya emitido la oferta motivada.