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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Interior

El Gobierno de Aragón insiste en que los ayuntamientos están excluidos de la aplicación del Decreto de Espectáculos

Casi un centenar de miembros de la Policías Municipales, Unidad de Policía Adscrita, Policía Nacional y Guardia Civil participan esta mañana en un curso

“Los ayuntamientos están excluidos del Decreto que regula los espectáculos públicos extraordinarios y ocasionales. Lo estaban antes y lo están ahora. Están excluidos cuando organicen espectáculos como verbenas, conciertos en la vía pública o en locales municipales con autorización multiusos. Esta exclusión no quiere decir, sin embargo, que los ayuntamientos no tengan que atenerse a otras normas de carácter técnico a las que todos deben atenerse, con o sin el Decreto de Espectáculos”, indicó Mª Angeles Júlvez León, directora general de Justicia e Interior, que abrió esta mañana un curso sobre el Decreto de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas Ocasionales y Extraordinarias destinado a miembros de las policías locales de la Comunidad Autónoma, de la Unidad de Policía Adscrita, Policía Nacional y Guardia Civil.

La directora de Justicia explica algunos detalles del Decreto

La directora de Justicia explica la aplicación del Decreto

La directora general de Justicia e Interior reconoció que “se trata de un Decreto que no tiene una aplicación fácil porque concurre con varias normas de rango superior. El cambio más importante ha sido permitir la entrada a este tipo de espectáculos a los menores mayores de 16 años y algunos aspectos que vienen a aumentar la seguridad”.

Esta misma jornada se repetirá el viernes que viene pero en esta ocasión destinada a técnicos municipales.

La jornada tuvo como objetivo aclarar las dudas que se puedan plantear entre las distintas administraciones implicadas con respecto a la aplicación del Decreto 63/2017, de 25 de abril, del Gobierno de Aragón por el que se regula la celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales y extraordinarias y se regulan medidas para la mejora de la convivencia en la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas en establecimientos públicos y en espacios abiertos al público.

Las distintas intervenciones de los técnicos del Gobierno de Aragón y un miembro de la Unidad de Policía Adscrita, versaron sobre los planes de autoprotección y comunicación del 112; los aspectos normativos del Decreto; aspectos operativos en las inspecciones; normativa técnica de seguridad y salud y una última exposición sobre el Código Técnico de Edificación.

Con el Decreto publicado en el BOA el pasado 27 de abril, el Gobierno de Aragón  pretende, como objetivo general, “compatibilizar el acceso a los espectáculos públicos y a las actividades recreativas de todos los ciudadanos, incluidos los menores de edad, desvinculando la errónea asociación de la asistencia o participación a estos espectáculos con el consumo de alcohol, tabaco u otras sustancias o productos cuya venta, dispensación y consumo está prohibida a los menores de edad, exigiendo al organizador la adopción de requisitos adicionales para la debida salvaguarda de los menores”.

El Decreto se articula sobre cuatro principios básicos: la seguridad, la calidad, la convivencia y el fomento y acceso de todos los ciudadanos a los espectáculos. Está estructurado en tres títulos:

Título I: Disposiciones comunes, en el que aborda el objeto, la finalidad y el ámbito de aplicación y definiciones.

Título II: Define los espectáculos públicos y las actividades recreativas ocasionales y extraordinarias.

Título III: Aborda la protección de los menores de edad, personas con discapacidad y consumidores y usuarios en general e introduce algunas mejoras para todo tipo de espectáculos públicos y actividades recreativas sujetos a la Ley 11/2005 Reguladora de los Espectáculos Públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.