Interior
Nueva regulación del Registro de Policías Locales de Aragón
El decreto aprobado hoy actualiza e informatiza los datos con más garantías en su tratamiento y recoge el diseño del carné y la placa identificativos de este colectivo profesional.
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy un decreto por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Policías Locales de Aragón, sus datos identificativos y se establece el marco para el tratamiento de los datos de carácter personal.
La Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón vigente desde 2013 –que derogó la norma anterior de 1987- estableció el Registro de Policías Locales de Aragón con el objeto de disponer de un censo informatizado y actualizado de los mismos, así como de un instrumento de identificación de la condición de policía local en todo el territorio aragonés.
Esta ley remitía a desarrollo reglamentario la determinación de la información que debe figurar en el Registro, los obligados a facilitarla y las cautelas debidas en el tratamiento de la misma. La herramienta técnica de coordinación que se configura en el decreto aprobado hoy se considera imprescindible.
A este respecto, el decreto explica en su preámbulo que, “sin un previo conocimiento de los datos reales y actualizados del número de efectivos al que se debe coordinar, con sus respectivos historiales profesionales, la formación acreditada y tipificada, así como la posibilidad de acceso a los demás datos personales que se pretende recoger en esta estructura de registro resulta complicado en ocasiones establecer y marcar las líneas de actuación”.
Hasta ahora, las funciones de coordinación se venían ejerciendo a través de otro decreto de 1991 por el que se creó el Registro de Policías Locales de Aragón y se reguló su funcionamiento. Pero la realidad actual hace necesario superar aquella normativa. La mayor exigencia de eficacia en la gestión de recursos requiere un mayor conocimiento de éstos, por lo que la información suministrada a través de la regulación anterior resultaba insuficiente.
Además, en el presente decreto se recogen tanto el diseño del carné profesional de este colectivo como la placa policial; ambos distintitos recogidos en la Ley de Coordinación de Policías Locales de 2013 e inexorablemente asociados al número de registro. El carné profesional debe ser expedido por el Gobierno de Aragón, y el modelo de placa debe por el departamento competente en la coordinación de policías locales, en este caso el de Presidencia.
Por otra parte, el decreto actual se adapta la última normativa de la Unión Europea relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales. Dado el ineludible tratamiento de datos de carácter personal derivado del Registro de Policías Locales de Aragón, en la norma aprobada hoy se fijan los parámetros en los que se va a producir el tratamiento de los datos en relación con el registro, aumentando las garantías ya existentes en la actualidad.