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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Salud Pública

Constitución del Consejo de Cooperación Comarcal

El acto ha estado presidido por el vicepresidente y consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón. La vicepresidencia de este órgano la ostenta el consejero de Economía, Hacienda y

El vicepresidente y consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, José Ángel Biel, ha presidido hoy el acto de constitución formal del Consejo de Cooperación Comarcal. Al acto institucional también ha asistido el consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Eduardo Bandrés, quien ostenta la vicepresidente de este órgano, el director general de Administración Local y Política Territorial, Rogelio Silva, junto los presidentes de las 26 comarcas constituidas hasta la fecha.

Los presidentes de las Comarcas participantes de este acto han sido José Javier Vicente (Aranda), Fernando Martín (Comunidad de Calatayud), Antonia Fañanás (Alto Gállego), Ana Cristina Vera (Tarazona y El Moncayo), Jesús María Isla (Valdejalón), Luis María Garriga (Campo de Borja), Alfredo Zaldivar (Ribera Alta del Ebro), Manuel Lázaro (Gúdar-Javalambre), Ricardo Calvo (Somontano de Barbastro), José Antonio Castillón (Cinca Medio), Angel Meseguer (Matarraña/Matarranya), José Antonio Ripollés (Maestrazgo), Enrique Villarroya (La Jacetania), José Carlos Abril (Bajo Aragón), Manuel Félez (Andorra-Sierra de Arcos), José Eusebio Echart (La Ribagorza), Felisa Salvador (Ribera Baja del Ebro), Vicente Manuel Conte (Los Monegros), Esmeraldo Marzo (Campo de Daroca), Francisco Tejero (Bajo Cinca/Baix Cinca), Baltasar Yus (Campo de Belchite), Francisco Mateo (La Litera/La Llitera), Eduardo Alonso (Cinco Villas), Roberto Bermúdez de Castro (Hoya de Huesca(Plana de Uesca), Jesús Javier Gimeno Guillén (Campo de Cariñena) y Francisco Altaba (Cuencas Mineras)

Tras la firma del protocolo de adhesión al Consejo de Cooperación ha tenido lugar la constitución formal de éste órgano. Posteriormente, todos los asistentes al acto se han desplazado hasta La Lonja para visitar la exposición "Territorium. El largo camino hacia las Comarcas en Aragón" acompañados por el comisario de la exposición, Ricardo Centellas.

El decreto de creación del Consejo de Cooperación Comarcal se aprobó por el Consejo de Gobierno a finales del pasado año. Se trata de un órgano colegiado con funciones consultivas, deliberantes y de cooperación entre el Gobierno de Aragón y las Comarcas, cuyo fundamento normativo se encuentra en la potestad organizativa de la Administración de la Comunidad Autónoma, que se recoge en el artículo 6 del texto refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de julio de 2001.

Además, el proceso de comarcalización y la consiguiente transformación paulatina de la organización territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón hace prever que este proceso de transformación será más intenso en el futuro conforme se complete el ciclo creador de la Comarcas y el traspaso de funciones y servicios que el ordenamiento jurídico les reconoce.

Este órgano se crea con la premisa de asegurar un funcionamiento armónico del proceso emprendido, facilitar la eficacia de las funciones por todas las Administraciones Públicas -especialmente las nuevas Administraciones comarcales— y hacer realidad que este proceso desemboque en la prestación de unos mejores servicios para los ciudadanos.

El Consejo de Cooperación Comarcal estará adscrito orgánicamente al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón y pertenecerán al mismo todas las Comarcas que lo deseen y una representación de todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las competencias de este órgano, recogidas en el decreto, distingue entre las que se pueden desarrollar en el ámbito de las funciones consultivas y deliberantes y las que pueden dar lugar a la adopción de acuerdos. En términos generales se parte de la necesidad de que el Consejo emita opinión sobre cualquier materia relacionada con la competencia y organización de las Comarcas. El Consejo de Cooperación Comarcal se podrá pronunciar a partir de las iniciativas del Gobierno de Aragón y también a instancia de las propias Comarcas que podrán someter al Consejo determinadas iniciativas para que se emita opinión, así mismo podría surgir de la iniciativa de las Comarcas la posibilidad de suscitar acuerdos del Consejo.

La creación del Consejo de Cooperación Comarcal lleva aparejada su dotación de infraestructura para que pueda funcionar con eficacia y cumplir sus objetivos. Para ello, se creará una Unidad Administrativa que recibirá el nombre de "Observatorio del proceso de comarcalización" y que servirá de apoyo técnico al Consejo y estará vinculada al cumplimiento de las tareas de preparación de las transferencias todavía pendientes.

El Consejo de Cooperación Comarcal ejercerá funciones de carácter consultivo y deliberante sobre los anteproyectos de ley que afecten a la organización y competencias de las Comarcas, el asesoramiento técnico a las Comarcas, los ritmos de transferencias de funciones y servicios asociados a las competencias definidas en la Ley de Medidas de Comarcalización y las propuestas sobre los criterios generales de las relaciones económico-financieras entre el Gobierno de Aragón y las Comarcas.

Su ámbito de actuación también se extiende a la información sobre los criterios generales de los planes y programas de los distintos Departamentos del Gobierno de Aragón referidos a sectores en los que las Comarcas tengan competencias compartidas para asegurar la correcta coordinación y unidad de acción entre ambas Administraciones. Esta actuación atenderá especialmente los planes de Acción Social, de instalaciones deportivas de la Comunidad Autónoma, de formación y capacitación de los agricultores, de Salud en Aragón, de gestión de residuos urbanos, de Protección Civil de Aragón, de promoción industrial y otros programas y planes que deban formarse por la Administración de la Comunidad Autónoma y que afecten a las Comarcas.