El Departamento de Sanidad regula nuevos horarios para las oficinas de farmacia
El horario mínimo se reduce a 37 horas y media y se da la opción de hacer ampliaciones voluntarias del mismo según unos módulos reglados
El Departamento de Sanidad ha modificado el artículo referente al horario del reglamento de Ordenación Farmacéutica en materia de oficinas de farmacia y botiquines. De esta forma se establece un nuevo horario mínimo para todas ellas y la opción de hacer ampliaciones voluntarias del mismo según unos módulos que establece este reglamento.
Novedades en la normativa sobre horarios de oficina de farmacia
Con carácter general, el horario mínimo se reduce de 40 a 37 horas y media semanales a realizar de lunes a viernes de 9 a 22 horas, siendo de obligada apertura la franja de 10 a 13 y de 17 a 19 horas. En los municipios con menos de mil habitantes sin centro de salud, este horario será de 30 horas semanales. Excepcionalmente, se podrán autorizar horarios mínimos diferentes (municipios con muy poca población, zonas turísticas u otras circunstancias especiales acreditadas).
En cuanto a la ampliación horaria voluntaria, se establecen seis módulos. El primero permite abrir los sábados por la mañana excepto festivos; el segundo, contempla la apertura de todos los días del año hasta las 21.30 horas; el tercero tiene el mismo horario que el anterior pero sin domingos ni festivos; el cuarto también plantea apertura de lunes a sábados sin festivos pero con horario interrumpido a mediodía; el quinto permite abrir todos los días del año también con parada entre el cierre matinal y la apertura vespertina; y el sexto y último da la opción de abrir las 24 horas del día todo el año.
El horario elegido deberá ser comunicado a la autoridad sanitaria en los primeros diez días de septiembre y tendrá efecto del 1 de enero al 31 de diciembre del siguiente año. De esta forma, se pretende mejorar la organización de las propias farmacias y la accesibilidad de los ciudadanos a este servicio en términos de calidad y eficiencia teniendo en cuenta las características del territorio aragonés, así como ofrecer mayor seguridad jurídica, atendiendo a las transformaciones económicas y sociales.