El Gobierno de Aragón recurrirá el Real Decreto de prescripción enfermera
También se va a requerir la incompetencia al Gobierno central por considerar que la norma invade competencias propias de la Comunidad Autónoma
El Gobierno de Aragón, a petición del Departamento de Sanidad y a través de la Dirección General de Servicios Jurídicos del Departamento de Presidencia, va a llevar a cabo acciones judiciales en el orden Contencioso-Administrativo contra el Real Decreto 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que entró en vigor el pasado 24 de diciembre. Entre otras cosas, se va a solicitar la suspensión cautelar del mismo.
El consejero de Sanidad anuncia el recurso contra el decreto de prescripción enfermera.
Celaya anuncia que si el Gobierno no da marcha atrás la comunidad irá al Constitucional.
Esta medida se ha tomado hoy en una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno, en la que también se ha decido que el Departamento de Presidencia requiera de incompetencia al Gobierno central por determinados artículos que, se considera, invaden competencias propias de la Comunidad Autónoma. Esta decisión se toma al amparo del artículo 63 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
De esta forma se solicitará que se anulen o modifiquen los artículos 2.2, 3.2 párrafo primero, 10.1 párrafo tercero, 10.2 párrafo primero, 10.3 párrafo primero, Disposición transitoria Única punto 3 párrafo segundo, Disposición final cuarta apartado cuarto y Anexo II párrafo siguiente al apartado seis del citado Real Decreto.
La justificación es que en estos artículos se plantean cuestiones relativas a la acreditación de los profesionales sanitarios, lo cual es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma según el artículo 71.55 del Estatuto de Autonomía.
Concretamente, se considera que el Real Decreto atribuye a la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad la competencia para la acreditación de los profesionales de enfermería que deseen ejercer las funciones de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano. Además, impide el desarrollo de aspectos organizativos propios en materia de asistencia sanitaria, sin que se justifique la necesidad de asumir tal competencia.
Si el órgano requerido no atiende la petición de Aragón en los plazos establecidos, el Ejecutivo autonómico elevará el conflicto al Tribunal Constitucional.
El Real Decreto 954/2015 hace obligatoria la presencia del médico para diagnosticar, prescribir y protocolizar cualquier actuación. Esto conlleva, según el análisis de la norma realizado por el Departamento de Sanidad, que los procesos sean más lentos, dado que impide a los enfermeros hacer de manera autónoma cientos de actuaciones que hasta ahora se llevaban a cabo con normalidad, ya que los enfermeros prescribían medicamentos siguiendo protocolos y guías de práctica clínica, sin el diagnóstico ni la prescripción previa del médico, ya que se trata de situaciones que forman parte habitual de su ejercicio profesional como, por ejemplo, la medicación a los crónicos.