title.site title.site

Viernes, 22 de noviembre de 2024

Turismo

Aprobada la nueva ordenación y regulación de las casas rurales en Aragón

El nuevo Decreto de Reglamento establece como novedad la clasificación de las casas rurales utilizando el sistema de espigas

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se establece la ordenación y regulación de las casas rurales de Aragón. La aprobación de este texto se produce tras un intenso proceso participativo en el que se han tenido en cuenta tanto las indicaciones del sector turísticos como de las comarcas.

El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro, ha destacado el trabajo realizado “para adaptar, después de 20 años, la normativa a la situación actual en un sector que es tan importante para Aragón y para atender una demanda del sector turístico que pedía la modernización de la normativa vigente”.

Soro ha destacado que con este nuevo Decreto “damos un paso muy importante para garantizar la calidad en el servicio, precisamente en un sector tan competitivo como es el turismo de interior, y para que el cliente tenga más opciones e información sobre el alojamiento que se oferta”.

Entre las novedades de este Decreto está la adopción del sistema de clasificación de las casas rurales a través de la marca de las espigas. Soro ha señalado que “es un elemento básico que permite a los alojamientos diferenciarse y que sirve para que el cliente pueda ver satisfechas sus expectativas”.

Este Decreto de Reglamento no tiene carácter retroactivo de manera que las casas rurales abiertas en estos momentos se reclasifican directamente como una espiga, si actualmente son básicas, o tres espigas si actualmente son superiores. Aquellas casas rurales que deseen aumentar la categoría de su alojamiento sí deberán acogerse a la nueva normativa y cumplir los criterios y requisitos contemplados en este Decreto o, en su caso, solicitar dispensa. Además del sistema de espigas se incluyen nuevas menciones como “agroturismo” cuando las casas se encuentren vinculadas a las explotaciones agrarias; “artesanía” cuando en ellas se desarrollen actividades de este tipo y “monumento” cuando estén ubicadas en bienes inmuebles catalogados, sin perjuicio de que en el futuro puedan existir otras menciones.

Entre las novedades que recoge este nuevo borrador se determina que las casas rurales podrán estar ubicadas, tal y como plantean las comarcas, en asentamientos tradicionales de hasta 2.000 habitantes.

En el nuevo Decreto se adapta también la normativa a los criterios de accesibilidad como garantía de que el turismo sea un derecho para toda la sociedad cumpliendo el Código Técnico de la Edificación.