Obras Públicas
Se constituye la Entidad Urbanística de Conservación de la Plataforma Logística de Fraga
Se aprueba el convenio urbanístico para su creación y los estatutos que la rigen
El Consejo de Gobierno, a propuesta del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, ha aprobado la celebración de un convenio urbanístico para la constitución de la Entidad Urbanística de Conservación de la Plataforma Logístico-Industrial y Centro de Transportes de Fraga, así como sus estatutos. Está integrada por todos los propietarios de parcelas incluidas en la actuación.
A través de esta entidad urbanística se llevará a cabo la conservación y mantenimiento de las obras de urbanización, dotaciones e instalaciones y redes de los servicios públicos de dicho Proyecto Supramunicipal. También tendrá como fines esenciales, según sus estatutos, velar por el adecuado uso de los elementos de la urbanización, atender la prestación de los servicios urbanísticos básicos previstos en el proyecto supramunicipal y formalizar los contratos que sean necesarios para estos fines; establecer y dirigir los servicios comunes de la urbanización, solicitar y tramitar ante las Administraciones u organismos públicos las autorizaciones o concesiones que interesen a la Entidad para los fines previstos, así como defender y representar los intereses de la Entidad o velar por el estricto cumplimiento de las obligaciones contraídas por razón del planeamiento vigente y de la normativa de la Plataforma Logístico-Industrial y Centro de Transportes de Fraga, entre otros fines.
El convenio se celebra entre el Gobierno de Aragón, en su condición de Administración urbanística actuante y a su vez propietaria de parcelas dentro del ámbito de la Plataforma; la entidad mercantil “PA de MEL, S.L.” propietaria de u parcela; la entidad mercantil ZARALPO, S.L que es a su vez administradora única de la entidad “MAQUINZA”, S.A propietaria de otra parcela y Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U, en su condición de titular registral del resto de las fincas incluidas en el ámbito del Proyecto Supramunicipal.
Su ámbito de actuación abarca la totalidad del área comprendida en la actuación denominada Plataforma Logístico-Industrial y Centro de Transportes de Fraga (PLFRAGA), con su extensión y límites. La duración de la Entidad será indefinida o hasta el cumplimiento de los fines para los que ha sido creada.