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Sábado, 23 de noviembre de 2024

El Gobierno de Aragón subvenciona con 1.178.200 euros la construcción de un bloque de alquiler de 172 viviendas en Zaragoza

La Dirección General de Vivienda del Gobierno de Aragón ha aprobado la concesión de una subvención por un importe de 1.178.200 euros con destino a la construcción de 172 viviendas protegidas de alquiler que la empresa Tendereña SL está construyendo en la parcela RC-1 de Ciudad Jardín Montes del Canal de Zaragoza.

La promoción que está construyendo Tendereña SL está destinada por completo a arrendamiento, de renta básica, con una superficie de las viviendas en la mayoría de los casos se encuentran entre los 50 y los 60 metros cuadrados. La promoción se desarrolla sobre suelo privado.

La promoción cuenta igualmente con un préstamo cualificado, otorgado por el Ministerio de Vivienda, con un periodo de amortización de 25 años por parte de la empresa promotora de las viviendas.

El Plan de Vivienda 2005-2008 establece que el Ministerio de Vivienda, a propuesta del Gobierno de Aragón, podrá autorizar el anticipo al promotor de hasta el 50% de la subvención una vez que certifique el inicio de las obras. La subvención se completa con fondos procedentes del propio Ministerio de Vivienda.

El precio de renta básica, se establece en el 3,5% del precio máximo de la vivienda protegida de precio general en el mismo municipio, cuando el préstamo cualificado sea a 25 años, y el 5,5%, cuando el préstamo sea a 10 años.

Novedades Legales

En estos momentos, el Gobierno de Aragón tiene en exposición pública un decreto que introduce varias modificaciones en el actual Plan de Vivienda. Estas modificaciones entrarán en vigor después del verano y en el caso de la vivienda nueva de alquiler  se establece la opción de compra a partir de los 10 años desde la calificación de la vivienda como obligatoria en las viviendas de arrendamiento a 10 años a favor de los inquilinos, siempre que hubieran permanecido los últimos cinco años en la vivienda en régimen de arrendamiento.

Se establece, igualmente y  en todo caso, la preferencia para la compra de la vivienda del inquilino que haya estado en régimen de arrendamiento un mínimo de 5 años.