Consumo
Consumo advierte de ciertas prácticas comerciales desleales fuera de establecimiento mercantil
No dejar entrar en casa a personas desconocidas, solicitar la correcta acreditación de la empresa o nunca dar datos personales son algunas de estas recomendaciones
En caso de contratar algo en estas circunstancias, el consumidor mantiene su derecho de desistimiento en un plazo de 14 días
Las ventas a domicilio (a puerta fría o puerta a puerta) o por teléfono pueden llevar en ocasiones a prácticas desleales que conduzcan al consumidor a firmar contratos indeseados o no reflexivos o que caigan en fraudes, engaños y abusos.
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Por este motivo, la Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios hace una serie de recomendaciones a lo población en general y a las personas mayores y otros colectivos vulnerables en particular, para evitar que comerciales a domicilio que actúan en nombre de compañías telefónicas o comercializadoras de gas y electricidad, por ejemplo, ganen la confianza del consumidor ofreciendo “rebajas” en el precio, sin advertir que conllevan un cambio de compañía y de condiciones contractuales.
No dejar entrar en casa a personas desconocidas; solicitar la correcta acreditación de la empresa o llamar a la compañía para hacer la comprobación; o nunca dar datos personales como facturas, NIF o cuenta bancaria, son algunas de estas recomendaciones.
El consumidor debe saber también que si le realizan una oferta comercial en casa o a través del teléfono, no está obligado a tomar decisiones de forma inmediata, que puede tomarse el tiempo que necesite para pensarlo o consultarlo; y que debe tener cuidado con firmar documentos, pues su firma le comprometerá a cumplir el contrato, por lo que antes de firmar o entregar una señal es bueno hablarlo con personas de confianza.
Además, el consumidor tiene derecho a que le dejen una copia de los documentos que ha firmado, donde debe asegurarse de que figuran claramente los datos de la empresa, fecha de la firma y las condiciones.
En muchas ocasiones, el propósito del comercial en su visita es cambiar al usuario de compañía de gas o de luz y con ello al mercado libre; en el caso de la luz cabe recordar que en el mercado libre el consumidor perdería el derecho al bono social en el caso de tenerlo. Desde Consumo recuerdan que estos nuevos contratos que se ofertan como favorables al consumidor, muchas veces llevan asociados otros servicios no obligatorios que hacen que el importe final de la factura sea superior al que el usuario venía pagando.
Las revisiones oficiales y preceptivas de la instalación de gas canalizado son previamente anunciadas por las compañías y su importe se paga en el siguiente recibo del gas. Por eso, no se debe confiar de “revisores” a las que no se ha llamado ni se esperaban y quieran cobrar en metálico y sin presupuesto previo.
Derecho de desistimiento
Por último, cabe resaltar que tanto en los contratos de telefonía, gas, electricidad, hechos a domicilio, como en las compras por Internet, teléfono, por catálogo o a distancia, tiene un plazo de 14 días naturales para desistir sin tener que dar explicaciones.